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Viernes 20 de febrero 2026

Condenaron al líder de una banda dedicada al cibercrimen

Por Redacción 20/02/2026 - 09.04.hs

A "Meteoro", o como suelen conocer a este hombre, fue condenado en la ciudad de Córdoba a seis años de prisión y se lo acusó de haber sido el jefe, como también el organizador de una asociación ilícita que se dedicaba a cometer ciberdefraudaciones. Es decir, esta organización se ocupaba de vaciar cuentas bancarias y distintas billeteras virtuales.

 

El tribunal sentenció a Meteoro, identificado como Víctor Ignacio Suárez, más allá que en el debate solo se haya podido individualizar en su totalidad al jefe de la organización delictiva. En tanto que, al resto de los integrantes, solo se los identifica por sus alias y perfiles de mensajería, sobre todo en el servicio de mensajería Telegram.

 

La causa penal se dio inicio después de un control de rutina realizado en la autopista Córdoba–Rosario. Meteoro, es decir, el acusado, se encontraba viajando en un remís hacia la provincia de Buenos Aires, cuando en verdad, tenía que estar en su domicilio, cumpliendo una condena de trece años de prisión domiciliaria que había sido dictada anteriormente por el tribunal de la ciudad de Rosario. 

 

En el procedimiento se secuestraron distintos tipos de dispositivos como celulares, chips, memorias y equipos tecnológicos que los testigos describieron como un “call center móvil”. A partir del secuestro, el tribunal constituyó ese “hecho raíz”, porque a partir de ahí se le permitió (por supuesto, después de una autorización judicial) a la Policía Judicial de Córdoba la apertura y análisis técnico del material. 

 

Con respecto a la información publicada por la agencia Noticias Argentinas, de los elementos investigados surgieron conversaciones y cuentas activas de mensajería, sobre todo en Telegram, donde el acusado operaba con un usuario. Los chats pudieron ser recuperados e indicaron la coordinación con otros interlocutores que si bien no pudieron ser individualizados civilmente, sí se los pudo identificar como “Bin”, “Panter”, “Murlok”, “Floredyth”, entre otros. 

 

El juez, Carlos Palacio Laje, describió toda una organización con estructura de funcionamiento fragmentada y los roles básicamente diferenciados: provisión de accesos, soporte técnico, confección de identidades digitales, obtención de datos y coordinación operativa. 

 

En la sentencia se desestimó la hipótesis que hacía la defensa en relación a que los interlocutores no eran humanos sino “bots”. Esta hipótesis era en verdad incompatible con la variabilidad, los errores, las correcciones y las referencias a acciones reales que se presentaban en los mensajes. El fallo sostuvo que “ningún ‘bot’ improvisa así”. 

 

Lo que el fallo subraya es que no se juzgan estafas concretas, lo que en verdad se cuestiona es la existencia de una organización destinada a delinquir. 

 

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