Domingo 25 de mayo 2025

Correo: por qué no hubo acuerdo antes

Redacción 20/02/2017 - 01.38.hs

Julio De Vido* - No existió demora por responsabilidad del Estado en el cobro de la deuda por el canon impago del Correo Argentino. Desde 2011 se convocó a audiencias para llegar a un acuerdo y se rechazó la propuesta del Grupo Macri por resultar irrisoria y abusiva para los intereses del Estado, no sólo por la tasa de interés propuesta y la forma de pago, sino también por la liquidación que pretendían como indemnización por la rescisión del contrato.
Las sociedades constituidas para prestar servicios públicos en los noventa tenían como único objeto la prestación del servicio. Es decir, Correo Argentino, propiedad del Grupo Macri, tenía como único activo el contrato de concesión para explotar el correo, sin ningún otro activo propio. Por lo tanto, una vez abierto el concurso preventivo y rescindido el contrato de concesión -máxima sanción prevista por no pagar el canon correspondiente-, la empresa carecía de activos que le permitieran cancelar los créditos del concurso. En consecuencia, no se le pudo dar el tratamiento que la ley prevé para cualquier concurso o quiebra. Lo único que tenía era un juicio al Estado en expectativa.

 

Acciones legales.
Con la recisión, el Estado inició las acciones legales que por derecho le correspondían: verificación de créditos y ejecución de garantías por 50 millones de pesos, que estaba compuesto por: -5 millones de pesos con una póliza del Banco Galicia que fue ejecutada luego de accionar judicialmente ante la negativa de pago en forma inicial por parte del banco, cobrándose finalmente 12 millones de pesos por los intereses y moras; -un proceso de ejecución vía judicial aún en trámite, en etapa de prueba, contra la Caja de Reaseguros y Garantías por 45 millones de pesos más intereses y costas. Se tramita ante el fuero contencioso administrativo federal. La compañía aseguradora se ha negado a abonar la póliza que contractualmente es de pago automático.
El servicio jurídico del Ministerio de Planificación Federal, con la supervisión de la Procuración del Tesoro, inicialmente a cargo de Horacio Rosatti, actual ministro de la Corte Suprema, llevó adelante el proceso concursal representando al Estado. Luego de verificar créditos se arribó a la suma de 296 millones de pesos de deuda. En 2008 Correo Argentino acordó con los restantes acreedores en similares condiciones a las que ahora acordó con el Estado. Con la diferencia de que en este caso proponía lisa y llanamente abonar los créditos con lo que obtuviera de un resarcimiento hipotético de un juicio no iniciado, es decir de un acuerdo todavía no reclamado con el Estado, por el supuesto desapoderamiento de la planta distribuidora de Monte Grande.
En 2009 iniciaron la demanda y pidieron un amparo por la nulidad de la rescisión, aunque nunca le pusieron monto al reclamo (evitando pagar la tasa de justicia del 3%), cosa que sí hicieron en julio de 2016, dos semanas después del acuerdo entre el representante del Ministerio de Comunicaciones y el Grupo Macri. Estos planteos fueron reiterados en varias oportunidades por el Grupo Macri en los años 2009 y 2010, sin llegar a un acuerdo ya que el Ministerio de Planificación, conforme a la tasación del Tribunal de Tasación de la Nación y de la Universidad de Buenos Aires, no aceptó los valores que pretendía el Grupo Macri en los acuerdos preventivos en los que le prometía pagar a los otros acreedores con lo que obtuviera del Estado.

 

"Irrisoria y abusiva".
En 2010 la Justicia decretó la quiebra y ordenó el proceso conocido cram down, por el cual los principales acreedores se quedan con la administración de la compañía. El Grupo Macri apeló y consiguió evitar la quiebra. Esta medida fue a su vez apelada por el Estado y la Fiscalía y desde 2011 el expediente se encuentra en la Cámara de Apelaciones. Desde ese año se convocó a audiencias para llegar a un acuerdo pero los representantes del Estado rechazaron la propuesta del Grupo Macri por resultar irrisoria y abusiva, no sólo por la tasa de interés propuesta y la forma de pago, sino también por la liquidación que pretendían como indemnización por la rescisión del contrato. (Nuestras Voces).
*Diputado del FPV y ex Ministro de Planificación Federal.

 

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