Miércoles 02 de julio 2025

Condena a un abusador en Acha

Redacción 11/11/2024 - 00.11.hs

El juez de audiencia de General Acha, Raúl Miguez Martín, condenó a un hombre de 39 años a tres años de prisión en suspenso por ser autor del delito de abuso sexual simple por tocamientos, contra una niña menor de 13 años. La víctima fue su cuñada.

 

El magistrado, tras la realización del juicio oral, dio por probado que el imputado “abusó sexualmente, mediante tocamientos y de manera continuada” de la niña, “aproximadamente desde que tenía 11 años y hasta que tuvo 12, en oportunidades en que ella se quedaba en la casa donde vivían el acusado y su concubina, hermana de la víctima”.

 

Miguez Martín sostuvo que “en mi consideración, la representante del Ministerio Público Fiscal (la fiscala Eugenia Paola Bolzan) logró conformar un sólido grupo probatorio”.

 

Bolzan había requerido una pena de cinco años de prisión y calificó a los hechos como abuso sexual simple, contra una menor de 13 años, agravado por ser el autor encargado de la guarda. Consideró como agravantes la conducta del imputado implicó violencia hacia la niñez y el género; que la víctima se encontraba en un mayor grado de indefensión; y su corta edad y la pluralidad de ocasiones. La defensa, en cambio, planteó la absolución porque los hechos no pudieron demostrarse y negó la existencia de la guarda.

 

Agravantes.

 

El juez, al calificar legalmente lo ocurrido, descartó el agravante de la guarda y remarcó que, en función del delito, podía caberle una pena de seis meses a cuatro años de prisión. Para fijarla en tres años valoró como atenuante la falta de antecedentes registrables del imputado. En cambio, enumeró como agravantes la edad de la niña, su vulnerabilidad, la pluralidad de ocasiones abusivas y que la conducta del imputado “implicó violencia hacia la niñez y de género (…), prácticas respecto de las cuales la sociedad argentina en su conjunto está realizando un enorme esfuerzo por erradicarlas”.

 

Finalmente, en la parte resolutiva del fallo, Miguez Martín le fijó al acusado el cumplimiento de reglas de conducta durante dos años (fijar domicilio, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, no acercarse a menos de 300 metros de la víctima y su domicilio ni mantener contacto con ella, y realizar un tratamiento psicológico) y, además, dispuso una vez que quede firme, que el condenado sea incorporado al Registro de procedimiento y notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual y que, por intermedio de la Agencia de Investigación Científica, se obtengan muestras para lograr su identificación genética.

 

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