Denunciaron que un médico atendió ebrio
La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) le recomendó al Ministerio de Salud la aplicación, en caso de que corresponda, de una sanción directa contra un médico que habría atendido alcoholizado. La causa se había iniciado a raíz de una denuncia en la Policía.
La resolución se firmó el pasado 5 de mayo y trascendió en los últimos días. Según el escrito al que accedió LA ARENA, el expediente se inició a raíz de una derivación del Ministerio Público Fiscal, el cual fue desestimado en sede penal.
El mismo se había iniciado en la comisaría el 26 de marzo, luego de que una ciudadana expusiera una situación que vivió en el hospital de la localidad, dato que está reservado. "Me dirigía al hospital local con el propósito de recibir atención médica en la guardia de emergencias. Fuimos atendidas inicialmente por … quien realizó los estudios preliminares correspondientes. Sin embargo, al retirarse el enfermero, observamos la entrada de un médico, cuya vestimenta indicaba que era un profesional del hospital. A medida que se desplazaba, notamos que su comportamiento era extraño, ya que comenzó a realizar preguntas incoherentes. Advertimos un fuerte aliento etílico proveniente de esta persona, lo que nos llevó a tomar la decisión de retirarnos del lugar", dice el relato de la denunciante.
Esto no constituyó un delito tipificado en el Código Penal, según la Fiscalía. Por estos motivos, al no corresponde sanción penal y sí una administrativa o disciplinaria, se lo derivó a la FIA.
Sanción directa.
En la resolución, el organismo explicó que "para situaciones como las denunciadas de fácil comprobación -entre otras- esta FIA ha destacado en reiteradas oportunidades la importancia de la utilización del procedimiento previsto en el artículo 56 de la Ley 1279". Esta normativa "contempla la aplicación de sanciones directas, por tratarse de una solución que da mayor celeridad en la resolución de conflictos, importa un ahorro de tiempo y recursos, y además, dada la inmediatez de la sanción directa, fomenta un mayor sentido de responsabilidad individual para el agente de salud".
"La finalidad de un procedimiento disciplinario consiste en lograr el buen actuar administrativo, y en reorientar la conducta del agente, o del funcionario, a las pautas de integridad. Y dicho procedimiento, para ser efectivo, debe ser oportuno", argumentó. Por estos motivos, se resolvió "recomendar al Ministerio de Salud que, en caso de corresponder, actúe conforme las potestades del artículo 56 de la Ley 1279".
Fuentes de la cartera consultadas por este diario explicaron que, a raíz de este episodio, el agente "inició un tratamiento, dado que el alcoholismo es una enfermedad". Esto se debe a que “estos casos se abordan desde la óptica de consumos problemáticos”.
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