Martes 04 de noviembre 2025

Dos condenados por hurtar una camioneta en Macachín

Redaccion Avances 04/11/2025 - 17.28.hs

(Macachín / Redacción) - Dos hombres que residen en Santa Rosa, fueron condenados el 4 de noviembre a través de un juicio abreviado por haber hurtado una camioneta en Macachín a fines de septiembre. La decisión fue de la jueza de Control, Florencia Maza, quien homologó el acuerdo de las partes.

 

Según consta en la sentencia publicada por la Justicia, el hecho delictivo  ocurrió "entre las 23 horas del día 28 de septiembre del año 2025 y las 4 del día 29 de septiembre del año 2025, cuando Cristian Ariel Lencina (39 años)  y Alex Otero (24 años), ambos domiciliados en Joaquín Ferro nº 363 de Santa Rosa, junto a una tercera persona que no pudo ser identificada, sin ejercer fuerza ni violencia, se apoderaron de una camioneta marca tipo pickup marca Volkswagen, modelo Amarok 4 x 2, dominio KHE943, propiedad de Javier Horacio Herrán”.

 

Y aclara que “el vehículo se encontraba estacionado en la vía pública frente a la vivienda ubicada en calle Juan José Mujica nº 668 de la localidad de Macachín, sin medidas de seguridad y con la llave de ignición colocada".

 

 

La condena.

 

La resolución judicial del caso, corrió por cuenta del Juzgado de Control a cargo de la Dra. María Florencia Maza, quien homologó el acuerdo de Juicio Abreviado suscripto por el Fiscal actuante, Leticia Andrea Pordomingo; el  Defensor Claudio Alejandro Martínez Sabio; y los imputados, ambos sin antecedentes penales.

 

La calificación legal fue “hurto calificado por ser de vehículo dejado en la vía pública haciendo uso de llave verdadera hallada, de conformidad con lo establecido en el artículo 163, incisos tercero y sexto del Código Penal”. 

 

Además de lo resuelto precedentemente,  y lo establecido en el artículo 27 bis del Código Penal, la jueza decidió  “imponer a los mencionados Lencina y Otero, el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta, por el término de dos años, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de revocarles las condicionalidad de la condena impuesta:  fijar domicilio del que no se podrán ausentar sin conocimiento o autorización de la Fiscalía o del Juzgado interviniente, sometiéndose al cuidado y contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de Personas en Conflicto con la Ley Penal dependiente del Ente de Políticas Socializadoras, organismo al que deberán comparecer del 1 al 5 de cada mes”.

 

Y también deberán  “abstenerse entrar en contacto con el damnificado no pudiendo acercarse ni entrar en contacto con el mismo, ya sea de manera personal, a través de otras personas, ni de forma telefónica, informática, ni por ningún otro medio, debiendo abstenerse a realizar todo acto de perturbación o molestias en contra del mencionado”.

 

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