Domingo 28 de abril 2024

La Fiscalía apeló el fallo que absolvió al cura Padilla

Redacción 19/06/2023 - 08.57.hs

(General Pico) - El Ministerio Público Fiscal apeló ante el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa, el fallo que absolvió al cura José Miguel Padilla de la imputación de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de un joven seminarista de su congregación. Así lo confirmaron las fuentes tribunalicias que fueron consultadas por LA ARENA.

 

La Fiscalía de Género que investigó el caso apeló la sentencia de la jueza de audiencia de juicio María José Gianinetto, que semanas atrás absolvió al sacerdote de toda imputación por la que fuera enjuiciado.

 

Hace unos días, dentro de los plazos establecidos, la Fiscalía, representada por los fiscales Luciano Rebechi, Andreina Montes y Emilia Oporto, presentó un pedido de impugnación ante el Tribunal de segunda instancia para que revise el fallo de la Justicia piquense.

 

Según pudo averiguar este diario, la parte acusatoria planteó la errónea valoración de la prueba por parte de la jueza que dictó el fallo. El 24 de septiembre se llevará a cabo una audiencia ante el TIP en la cual se presentará el planteo ante los jueces.

 

El 24 de mayo pasado, la jueza Gianineto absolvió a Padilla del cargo de abuso sexual con acceso carnal agravado por su condición de ministro de culto, como delito continuado, por el que fuera enjuiciado a lo largo de dos semanas en las que declararon más de veinte testigos. Durante el debate las partes interrogaron a integrantes de la comunidad religiosa que dirige padilla y autoridades eclesiásticas de la provincia de La Pampa.

 

En los alegatos finales, la Fiscalía pidió diez años de prisión; y los defensores oficiales Guillermo Costantino y Mauro Fernández, en representación de la querella, adhirieron a esa solicitud.

 

En tanto que la defensa, representada por Jorge Salamone y Florencia Boglietti alegaron a favor de la absolución de Padilla. Gianinetto lo absolvió por aplicación del beneficio de la duda.

 

La causa se inició en noviembre de 2019 a partir de una denuncia que tramitó el joven entrerriano Vicente Suárez Wollert, que fue parte de la congregación de frailes capuchinos "Fraternidad de Belén" que Padilla dirigía en Intendente Alvear. El ex seminarista denunció que los hechos ocurrieron entre diciembre de 2015 y junio de 2016, que fue el tiempo en el que formó parte de la congregación.

 

Argumentos.

 

La jueza en el fallo, dijo que el que testimonio del denunciante no pudo ser corroborado por los restantes elementos de prueba. Además, refirió que el joven entrerriano "presentó en sus dichos contradicciones, variaciones e inconsistencias que menoscaban su valor y tampoco fueron corroborados por otras pruebas que pudieron haber aportado las acusaciones".

 

Además, refirió que "los testigos que concurrieron a la audiencia no corroboraron ninguno de los extremos afirmados por el denunciante, ni siquiera en los que hacían a la vida cotidiana en el convento".

 

También indicó: "Los hechos por los que se efectuara la acusación no han sido corroborados por la prueba testimonial" y que "ni la fiscalía aportó tampoco otros testigos, incluso mencionados por el propio denunciante en sus ampliaciones en sede Fiscal, a los que esa parte ni siquiera hizo referencia en el debate".

 

En el tramo final de la sentencia, marcó que "frente al deficitario cuadro probatorio aportado por las acusaciones, hace que resulte imposible realizar reproche alguno al acusado, imponiéndose su absolución".

 

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