Sabado 09 de agosto 2025

Warrants: U$S 13 millones en 2024

Redacción 09/08/2025 - 00.13.hs

Se trata de un título de crédito oneroso que permite al productor de granos y carnes financiarse y no malvender su producción. Puede darla en custodia a distintas firmas emisoras, obteniendo a cambio el documento.

 

JUAN JOSE REYES

 

El warrant emitido (gift certificate o trading stamp), sea comercial o financiero, es un título de crédito oneroso que permite al productor de granos y carnes financiarse y no malvender su producción. Puede darla en custodia a distintas firmas emisoras, obteniendo a cambio la emisión de un documento.

 

Durante 2024 los warrants y los certificados de depósito captaron en La Pampa U$S13,4 millones según la Secretaría de Agricultura. Sólo en el 1er semestre de 2025 se emitieron por 6.847.008 dólares y 752 millones de pesos (girasol). Evidentemente el corolario de la exportación y de las operaciones de comercio exterior, buena parte, desde la Zona Franca piquense en warrants para girasol, maíz, soja, trigo pan y carnes siguen expandiéndose.

 

La Secretaría de Agricultura junto a la ARCA, autorizan dos instrumentos negociables para este tipo de operaciones. El primero es un Certificado de Depósito que acredita la titularidad de la mercadería y el warrant que permite acceder al productor al financiamiento dando en garantía parte de sus stocks ya depositadas.

 

Ambos convenios circulan en forma autónoma, aunque se deben registrar el primer endoso libros rubricados que llevan las empresas autorizadas. Si el préstamo no es cancelado, el acreedor puede solicitar el remate (decomiso) de los bienes almacenados en los depósitos custodiados por las firmas emisoras del certificado.

 

El producido del remate será distribuido, gozando el acreedor de un privilegio superior respecto a cualquier otro crédito. Las firmas warranteras administran las garantías, activos y riesgos además de la auditoría, monitoreo y custodia de los inventarios. La versatilidad de la Zona Franca de Pico, por medio de reintegros o descuentos, no solo exime de cargas patronales, sino también de tasas municipales pero con la opción de ingresarlas al Territorio Aduanero General y desde allí exportarlas.

 

Mercado de capital local.

 

Solamente en dólares se operó aquí en 2024 por 13.370.850 dólares y negocios por 1.025.196.400 pesos. En el primer semestre de 2025 el trigo candeal tuvo operaciones por un total de U$S 3.694.178; maíz por 3.601.800 (común, híbridos o pisingallo). En cambio de girasol lo fue por 4.405.268 dólares. Hubo transacciones por un valor de $1.013.400.000 de granos de girasol y aceites comestibles. La emisión de certificados fue tanto para el trigo pan como maíz con 14,5 millones de dólares.

 

Las mayores operaciones fueron en marzo con U$S 6 millones de pases. En cambio en 2025 en enero trepó a 4 mill/U$S; en febrero a 4.890.132 y en marzo con 5.780.422 dólares en operaciones. La Pampa es la 6ta provincia del país donde más cantidad de warrants se operan. Tanto productores como arrendatarios que operaran bajo este contrato solo pudo ser realizado con 7 empresas autorizados por la Secretaría de Agricultura como Control Unión Argentina; Macro Warrants; AG Warrants y Almacenadora Sudamericana y PTP Warrants.

 

La producción total aquí obtuvo 6.746.684 toneladas. El maíz lideró con 3,76 mill/ton; soja 1,67 mill; Girasol 508.890; Trigo 563.170; Cebada 135.060 y maní por 77.800 ton. Todo ello en 2.324.478 hectáreas sembradas y 1.710.684 cosechadas. La emisión de certificados de depósito y warrants, en los términos de la Ley N* 9643, operan en forma electrónica desde 2020 con solo ingresar con CUIT y Clave Fiscal en la web del organismo recaudador.

 

Estos mecanismos producen efectos durante seis meses subsiguientes a la fecha de su emisión, sin perjuicio de su renovación total o parcial. Los anticipos que se vienen en el 2do. Semestre (campaña 2025/26) serán claves ya que tanto la producción triguera y cebada fueron buenas con lo cual se prevé que junto a granos gruesos como maíz, soja y girasol según la Bolsa de Cereales, se lograría obtener un récord histórico en La Pampa por sobre los siete millones de toneladas.

 

Warrant y régimen jurídico.

 

El warrant es un instrumento de crédito por el cual una empresa, inmovilizando su mercadería en depósitos y usándola como garantía, puede obtener financiación de terceros. Esto es lo que se denomina “warrant financiero”. Al mismo tiempo muchas empresas, generalmente exportadoras, que necesitan estoquear mercadería pero se han quedado sin espacio de almacenamiento propio recurren también a este instrumento.

 

Para esto, compran la mercadería pero en lugar de retirarla la mantienen depositada en los depósitos del vendedor. Para asegurarse que este no disponga de ellas, acuden a una empresa warrantera que se encargará de velar por su conservación, mantenimiento e inmovilización. En este caso el warrant estará en propiedad del comprador. Esto es lo que se suele denominar como “warrant comercial” o tercerización de inventarios. Estas aquí descriptas son las principales e históricas funciones del Warrant aunque no las únicas.

 

Es un título de crédito de carácter circulatorio y para ello resulta fundamental conocer el marco regulatorio en que se desenvuelve su operatoria en el país. La primera ley fue la 928 y se dictó en 1878. Sin embargo no tuvo mayor impacto y fracasó desde sus orígenes ya que limitó el campo de acción a los lugares donde hubiese aduanas, siendo sus funcionarios los que debían intervenir cada certificado que se emitiera observándose, además, que la operatoria recaía principalmente sobre mercaderías importadas.

 

Con posterioridad se dictó en 1914 la ley 9643 que reguló regular las ex Junta Nacional de Granos. En la actualidad el warrant es un título de crédito que permite al dueño de una mercadería darla en custodia a una empresa emisora autorizada, obteniendo a cambio la emisión de un certificado de depósito y warrant. Mediante dicho sistema, la empresa almacenista autorizada, emite dos certificados: el de depósito que acredita la titularidad de la mercadería a comercializar y el warrant, que permite al productor financiarse dando en garantía distintos bienes granarios o cárnicos depositados.

 

Ambos documentos circulan en forma autónoma en el mercado, pero deben registrarse en forma obligatoria en el 1er endoso en los libros rubricados que deben llevar las firmas autorizadas. No hay que olvidar que apenas una década atrás los montos por estas operatorias financieras en la provincia apenas llegaban a los 500 mil dólares.

 

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