Lunes 22 de abril 2024

Impulsan un "lenguaje claro"

Redacción 13/06/2022 - 09.41.hs

El STJ aprobó pautas para simplificar la redacción de los escritos judiciales y hacer que su comprensión no sea un problema para las personas que no están habituadas a la terminología jurídica. Los ministros que conforman el cuerpo resolvieron que estas disposiciones deberán ser aplicadas en los trámites administrativos y jurisdiccionales; las comunicaciones internas y las que se realicen con fines de difusión a través de medios escritos, audiovisuales y redes sociales; en cartelería y ceremonial; y en los formularios escritos y virtuales en los que se registren solicitudes o inscripciones.

 

A través del acuerdo 3846, el presidente Hugo Díaz y sus pares Elena Fresco, Fabricio Losi, José Sappa y Eduardo Fernández Mendía aprobaron las denominadas "Pautas para la redacción de textos en lenguaje claro", con un anexo donde se detallan todas ellas. Además dispusieron que se organicen capacitaciones en la materia para los integrantes del Poder Judicial.

 

Directo y sencillo.

 

La acordada es consecuencia de un trabajo previo, encomendando por el STJ a una mesa de trabajo, conformada por representantes de organismos jurisdiccionales y administrativos.

 

Ese grupo elaboró una guía de referencia para "dotar a los operadores judiciales de herramientas que fomenten el uso de un lenguaje claro, y no discriminatorio, en la elaboración de las resoluciones judiciales, en la convicción de que la utilización de estilos de redacción y argumentación simples y ordenados, facilitan el análisis, comprensión y revisión de los actos del Poder Judicial".

 

El Superior Tribunal indicó que "el lenguaje claro permite comunicar a los destinatarios de la información, lo que necesitan saber de una forma directa y sencilla y con una estructura gramatical simple".

 

Para ello se tuvieron en cuenta, como precedentes, el Código Modelo Iberoamericano de Etica Judicial, las Reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, y las recientemente aprobada "Guía de referencia para la redacción de sentencias y resoluciones del fuero penal".

 

Esta serie de pautas, creen sus autores, "contribuirá a la seguridad jurídica, a reducir ambigüedades y errores de interpretación, y aportará a la transparencia". Como fórmula general se sugiere que las oraciones sean más cortas, que los párrafos deben tener menos oraciones, y que las sentencias y resoluciones deben tener menos párrafos.

 

"Así como la complejidad de la terminología no asegura solvencia, debe abandonarse la idea de que una sentencia o resolución es más o mejor fundada cuanto más larga sea", remarcó el STJ.

 

Palabras y oraciones.

 

En el anexo se detallan una serie de criterios para lograr textos claro, breves y con una unidad de estilo. Entre ellos se destacan los siguientes: usar palabras y construcciones de fácil comprensión, por ejemplo, escribir juez y no "a quo", o informe oral y no informe "in voce". También dejar de lado el lenguaje inusual o arcaico, que solía ser visto como una muestra de erudición en la tradición jurídica.

 

La guía recomienda reducir el uso de adverbios como "claramente" y "meramente", cuando no sea necesario para aportar precisiones conceptuales al texto; tener especial cuidado en el lenguaje utilizado en notificaciones y requerimientos que no se dirigen a profesionales del derecho; sino a víctimas, testigos o a la sociedad en general; redactar oraciones cortas; priorizar el uso de oraciones en voz activa y evitar la voz pasiva. ¿Por ejemplo? "Es preferible escribir 'el imputado golpeó a la víctima' antes que 'la víctima sufrió un golpe por parte del imputado'. Así, la idea que quiere expresarse queda expuesta de un modo más directo y breve", explicaron.

 

Otra recomendación es no utilizar la expresión "que" como comienzo de todas las oraciones en los "fundamentos" o "considerandos". "No hay ninguna exigencia normativa que así lo imponga y su uso complica la redacción y lectura del texto", indicaron. También aconsejan redactar las oraciones con la estructura sujeto-verbo-predicado y mantener en la redacción un tono neutro y no autoritario ni intimidatorio; conciso y no verborrágico; sencillo y no tecnocrático; concreto y no abstracto ni grandilocuente.

 

Género y diversidad.

 

La guía también refiere a la necesidad de respetar el género y la diversidad en el lenguaje. "Esto implica que, en las referencias concretas, los artículos, prefijos y sufijos deben adecuarse al género de la persona a la que están dirigidas; mientras que en las referencias abiertas o indeterminadas será adecuado recurrir a expresiones neutras o abarcativas en lugar del masculino genérico. Por ejemplo, "la función de la magistratura", en lugar de "la función del juez" o "el personal", por "los empleados".

 

"Como alternativa puede recurrirse al uso de términos abstractos ('es atribución de la dirección' en lugar de 'es atribución del director'). Estas formas deben preferirse al desdoblamiento ('la función de jueces y juezas') porque sino se generan frases más extensas, y también al uso de barras ('la función del/la juez/a') porque provoca complejidad en la lectura", explicaron.

 

La guía sostiene que no corresponde el uso de la arroba "@" ya que no es un signo lingüístico, e impide su lectura por motores de voz utilizados por personas con discapacidad visual.

 

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