La Pampa: el nacimiento de una provincia
La Pampa no fue provincia hasta después de un arduo proceso. Recién en 1951 los territorios nacionales, carentes de autonomía y con ciudadanos de segunda, comenzaron a dejar atrás ese estatus social y político. Esta fue su historia.
FABIO ALONSO*
Los Territorios Nacionales persistieron durante un período de casi setenta años (1884-1951). Fue durante el peronismo cuando se decidió la extensión de la ciudadanía política primeramente a Chaco y La Pampa -iniciando el ciclo de las provincializaciones en 1951- cuando se consideró que tanto las bases sociales como materiales estaban en la línea de una casi completa homogeneidad. Se sostenía que no podrían provincializarse todos en forma inmediata y simultánea, sino que previamente era necesario atravesar por un proceso que implicaba "desarrollo económico" y "mejoramiento político y jurídico" de sus instituciones.
La creación.
La Ley 1.532 "Orgánica de los Territorios Nacionales" (1884) sentó las bases de la organización territorial de La Pampa Central y otras ocho jurisdicciones similares: Misiones, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Chaco y Formosa (estos dos últimos nacieron de la división del Chaco entre el territorio del mismo nombre en la jurisdicción de la Jefatura Política y el Chaco central). Esta norma fijó sus límites y estableció su organización político-administrativa.
El objetivo de la ley era permitir el progreso de los territorios y prepararlos gradualmente para alcanzar la provincialización. Su situación era provisoria, por lo que se los denominaba "provincias en embrión". La ley preveía un proceso gradual de emancipación con el único requisito demográfico y el territoriano se convertiría en ciudadano de pleno derecho: la conformación de legislaturas locales cuando contara con 30 mil habitantes; y si alcanzaba 60 mil surgiría la "provincia" por ley del Congreso. Para mediados de la primera década del siglo XX, La Pampa ya cumplía con ese requisito al punto que el Censo de 1912 registró 88.688 habitantes. No obstante, la provincialización no se produciría sino hasta cuatro décadas después.
Naturaleza y autoridades.
Los Territorios Nacionales funcionaron como dependencias desconcentradas del Estado Nacional, circunscripciones administrativas surgidas en el proceso de consolidación del mismo, carentes de autonomía funcional y presupuestaria. La Ley 3.727 sobre organización de los Ministerios del Poder Ejecutivo establece como funciones del Ministerio del Interior ocuparse de su gobierno y administración. En 1912 se creó la "Dirección General de Territorios Nacionales" en su ámbito.
Los gobernadores -máxima autoridad en cada jurisdicción- eran designados desde el Poder Ejecutivo Nacional con acuerdo del Senado -con nulo margen de acción para las autoridades-. Sólo los habitantes participaban electoralmente en los municipios, cuando la localidad tenía más de 1.000 habitantes. Cuando no se alcanzaba ese número, funcionaban comisiones de fomento designadas por el gobernador. La administración de justicia estaba a cargo de jueces letrados nombrados por el Poder Ejecutivo Nacional salidos de una terna propuesta por la Suprema Corte.
En términos políticos, los habitantes se veían imposibilitados de participar en la elección de autoridades nacionales y locales -salvo las comunales- y carecían de representación en el Congreso Nacional. Los territorianos entonces efectivizaron su participación política y/o partidaria en las disputas por cargos municipales o jueces de paz y en prácticas y actuaciones informales -asociaciones, clubes, comisiones especiales- que constituirán los mecanismos para conformar redes económicas y políticas, base del poder en la nueva provincia.
Cambios en el 30.
Los presidentes de la etapa conservadora de la década del 30 se mostraron contrarios a la provincialización. Prefirieron manejar proyectos de reforma de la Ley 1.532 retrasando las transformaciones políticas de fondo. Sin embargo, se produjeron algunas novedades significativas. Por un lado, las demandas de participación política de los territorianos ocuparon un lugar privilegiado en el espacio público nacional, difundidas por periódicos, publicistas y juristas. Por otro lado, en 1932 cambió la posición del Partido Socialista, al volcarse a la defensa de la provincialización. Así se presentaría el proyecto de provincialización del diputado Demetrio Buira en 1932, reiterado en 1936.
En efecto, el problema adquirió otras dimensiones en esa década por un mayor interés -se elaboran varios proyectos para reformar la ley orgánica y en materia de derechos políticos- al punto que su demanda se instaló en el seno de la sociedad. A los argumentos éticos y jurídicos se sumaron el crecimiento demográfico y económico que agregó motivos en defensa de la causa territoriana. En efecto, la pujanza económica de algunos de estos espacios -claramente el caso de Chaco- superando ampliamente, en cuanto a niveles de producción y número de habitantes, a varias provincias argentinas, despertó un interés mayor hacia ellos.
Congresos.
Los Congresos de Municipios de los Territorios Nacionales fueron nuevos ámbitos de discusión. En el Primer Congreso, reunido en Buenos Aires en 1933, convocado por la municipalidad de Río Gallegos para discutir sobre temas comunales, se introdujo la cuestión de los derechos políticos. Se perfilaron nítidamente dos posturas: la de aquellos territorios que buscaban la representación parlamentaria y la de los delegados de La Pampa, Chaco y Misiones, que pedían la provincialización. Se concluyó por solicitar la representación parlamentaria con voz y voto.
En 1935 se realizó el Segundo Congreso de Municipalidades Territorianas, también en Buenos Aires. Esta vez, el punto central fue la provincialización. Se declaró que correspondía la inmediata autonomía de La Pampa, Chaco, Misiones y Río Negro.
Al final de la década tuvo lugar la reunión de los Congresos Generales de Territorios Nacionales, de los que participaron representantes de los municipios, comisiones de fomento y distintas asociaciones económicas, gremiales y culturales territorianas. El Primer Congreso reunido en Buenos Aires en 1939 tuvo como tema central la "argentinización de los territorios" que, desde la perspectiva territoriana, se lograría a través de la ampliación de los derechos políticos de sus habitantes y pedía la inmediata provincialización de La Pampa, Chaco, Misiones y Río Negro.
Un Segundo Congreso se realizó en 1940 y un tercero en 1942, pero con menor repercusión debido a la situación política del país vinculada con la Segunda Guerra Mundial. El gobierno nacional se concentró en la problemática de la "argentinización" de los territorios pero entendida desde otra perspectiva que la encarada por el Primer Congreso: frente al denunciado avance del nacionalismo entre las colectividades extranjeras radicadas en ellos, aumentó los controles, dejando de lado todo proyecto de ampliación de la participación política.
En la Cámara de Diputados entrarían los proyectos presentados por los radicales José P. Tamborini (1939), Clodomiro Hernández (1939), Ismael López Merino (1941), Juan Cooke (1941) y el socialista Américo Ghioldi (1940), dirigidos a provincializar Chaco, La Pampa, Misiones y Río Negro, aunque no serían tratados.
El papel del peronismo.
En el discurso de apertura de las sesiones ordinarias del Congreso Nacional tras el triunfo de febrero de 1946, el presidente Perón se había comprometido formalmente a provincializar y en el Primer Plan Quinquenal incluyó el objetivo de llegar progresivamente a la autonomía de los Territorios Nacionales en un proceso que incluía los siguientes pasos: 1) perfeccionamiento del Poder Ejecutivo local, 2) fortalecimiento del régimen municipal y 3) creación de Legislaturas.
Como primera medida, envió al Congreso un proyecto de ley sobre fomento de los Territorios Nacionales (Ley 13.494) con el objetivo de dotar a los municipios de los medios para emprender obras y servicios urbanos relacionados con el progreso edilicio, la salud y el abastecimiento de las poblaciones.
El primer avance significativo en cuanto a los derechos políticos de los territorianos se plasmó en la Constitución de 1949, que los habilitaba para elegir presidente y vicepresidente del país. Este derecho se concretó en las elecciones de noviembre de 1951.
A partir de este reconocimiento y con numerosos proyectos presentados en el Congreso para provincializar, un intenso movimiento pro provincialización se extendió en los meses previos por toda La Pampa. Varias asambleas se constituían con ese propósito y de sindicatos, clubes, unidades básicas se remitieron telegramas y notas al presidente y su esposa por la autonomía. El 18 de junio numerosas delegaciones de La Pampa y Chaco -se calcula más de 2 mil- concurrieron a Casa de Gobierno a reunirse con Perón para solicitarle la provincialización. Previamente se habían reunido con su Eva Duarte en la sede de Trabajo y Previsión, para pedirle que intercediera.
El pedido de entonces estuvo respaldado por el decisivo apoyo que obtuvo de Eva Duarte quien en su carácter de presidenta del Partido Peronista Femenino remitió el 21 de junio a ambas Cámaras "sendos petitorios" expresando el "deseo de la mujer argentina" para tal propósito, debido a que ambos territorios contaban con "recursos propios, como para constituir una unidad económica autónoma; y además, población como para trabajar sus tierras y explotar sus riquezas y cultura cívica".
El proceso final.
El 27 de junio de 1951 el senador Alberto Teisaire presentó un proyecto de provincialización para Chaco y La Pampa: se mantenían los límites, determinaba la convocatoria y funcionamiento de las Convenciones Constituyentes, las fechas de elección de autoridades, la forma en que se realizaría la transición en cuanto a los bienes públicos, la justicia, la recaudación de impuestos y los distintos servicios administrativos. Se discutió entonces en las comisiones de Territorios Nacionales, Asuntos Constitucionales y Asuntos Políticos y el despacho fue tratado en la Cámara de Senadores el 5 de julio. Todos los oradores lo apoyaron con argumentos políticos, económicos y culturales. Finalmente, se votó en forma favorable, sin que se realizaran objeciones.
El trámite no fue tan sencillo en la Cámara de Diputados, donde existía bancada opositora. El proyecto se debatió entre el 19 y el 20 de julio. La principal objeción que presentaron los diputados radicales fue que no se contemplara la provincialización de otros Territorios Nacionales, también en condiciones de hacerlo, a los que se les otorgaría la representación parlamentaria.
La ley se sancionó sin modificaciones -y por unanimidad- el 20 de julio con el registro 14.037; y fue promulgada el 8 de agosto. El gobierno expidió dos decretos. Por el 15.667 establecía feriado en los ex territorios el día 10 en celebración del acontecimiento, y en sus considerandos, resumía los argumentos esgrimidos por el peronismo para provincializar el Chaco y La Pampa: "la importancia de su vida económica, el caudal de su población y unidad étnica, el alto nivel de su civismo y su notable desarrollo cultural". El Decreto 15.668 determinaba la caducidad de los gobernadores de los ex-territorios, los cuales serían reemplazados por comisionados federales. En La Pampa asumió el 12 de agosto el hasta entonces gobernador Juan Carlos Neveu.
La Pampa es "provincia".
Con la ley de provincialización, se cerró un largo período de la historia pampeana, pero sólo se daba el paso inaugural para la organización de la provincia, que debía continuarse con la elección de la Convención Constituyente, la sanción de la Constitución Provincial y la toma de posesión del gobernador elegido de acuerdo con ella.
Chaco y La Pampa comenzaron a prepararse para la elección de convencionales y al mismo tiempo, para participar, por primera vez en una elección nacional. Conjuntamente con las elecciones presidenciales de noviembre del mismo año, que consagró la fórmula Perón-Quijano y se eligieron los convencionales constituyentes de las dos nuevas provincias. En ambos casos, al adoptarse el sistema uninominal -desaparece el régimen de listas de mayoría y minoría- la totalidad de los convencionales electos fueron peronistas, lo cual se reflejaría en la nueva constitución. Se iniciaba así un proceso inédito en la historia del país.
*Profesor en Historia. UNLPam
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