Martes 20 de mayo 2025

Columnas: resolución del Enacom favorece a Matzkin

Redaccion Avances 20/05/2025 - 10.55.hs

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) emitió una resolución en contra de la cooperativa de Realicó y en favor de una de las empresas del grupo Matzkin por el uso de las columnas para el tendido de redes eléctricas: se determinó que la firma privada pague un valor menor por esa utilización que lo que establece la Ley Provincial.

 

El escrito, al que tuvo acceso este diario, se originó a partir de la denuncia que el 22 de mayo de 2024 presentó la empresa Antena Comunitaria S.R.L. contra la Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada “a efectos de que esta deponga su actitud obstructiva y abusiva respecto del permiso de uso de postes en las localidades de Realicó, Parera e Hilario Lagos dado que la denunciada pretendería cobrar una suma dineraria por cada poste que no tiene parangón en el mercado actual de las telecomunicaciones ni tiene justificación alguna”.

 

El Enacom estableció que la contraprestación económica que Antena Comunitaria S.R.L., que tiene entre sus dueños a integrantes de la familia del ex ministro del Interior Jorge “Toto” Matzkin, deberá abonarle por mes a la Cooperativa realiquense por la compartición de infraestructura pasiva (postes) “será de un cargo equivalente a $ 1.572,29 por cada cien metros lineales de tendido utilizado” por la empresa, “sin considerar los distintos impuestos o gravámenes que pudieran corresponder”.

 

En el artículo 2° del fallo se establece “que el valor mensual de la contraprestación económica fijada en el artículo anterior deberá ser actualizado semestralmente y contemplar como variable de ajuste al índice de precios al consumidor (IPC) elaborado por el Indec, tomando como período base al mes de diciembre de 2024. El mecanismo de actualización del valor de la contraprestación económica establecido en el párrafo anterior será de aplicación en tanto las partes no acuerden uno distinto”.

 

Ley Provincial.

 

El fallo del Enacom se emitió pese a la Ley 3.140, sancionada por la Legislatura provincial y puesta en vigencia por el Poder Ejecutivo en enero de 2019, sobre el uso de los soportes (columnas) para el tendido de redes eléctricas, un servicio que está regulado y reconoce su propiedad en los centros urbanos a las cooperativas distribuidoras del servicio eléctrico.

 

La norma prevé que el espacio ocioso puede ser utilizado por terceros prestadores previo a completar requisitos técnicos y legales y oblar el pago de un canon por su uso y su mantenimiento.

 

Desde su puesta en vigencia a la fecha, la mayoría de los prestadores, de origen multinacional o local, han buscado esquivar el pago y han tendido sus redes en muchos casos sin presentar la documentación y hacer los trámites correspondientes.

 

En la actualidad, con el viento a favor que implica el gobierno de Javier Milei y su indisimulado favoritismo hacia las empresas privadas y sus negocios, los cableros han redoblado la apuesta y ensayan presentaciones de tipo administrativo ante el Enacom, un organismo que como se demuestra con el fallo conocido hoy claramente le abre las puertas de par en par a sus demandas.

 

 

 

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