Domingo 05 de mayo 2024

Fracasó intento de elevarlo a la Corte

Redacción 21/09/2023 - 00.27.hs

La Sala A del Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró inadmisible el recurso extraordinario federal que presentó la abogada Ana Carolina Díaz contra el fallo del mismo organismo a favor de restituir la caza con jauría en la provincia. El planteo de la también defensora oficial tenía como objetivo llevar el litigio ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

“Sin perjuicio de las conclusiones a las que se arriba, se reconoce el nuevo paradigma que propugna el derecho ambiental y el debate actual respecto del status jurídico de los animales tendiente a que se los considere como sujetos de derecho, aunque se hace la salvedad que la discusión propuesta por la actora no puede darse en el ámbito judicial, en tanto esa labor le pertenece al Poder Legislativo”, sostuvieron los jueces José Sappa y Eduardo Fernández Mendía.

 

Discrepancia.

 

Respecto a este segundo planteo de la abogada proteccionista, los ministro del STJ consideraron que las objeciones que efectuó sobre el fallo anterior “solo evidencian su discrepancia”, pero no la existencia de un accionar arbitrario o la violación de garantías constitucionales por parte del máximo órgano judicial de la provincia.

 

“En mérito a las consideraciones precedentes y lo dispuesto por el artículo 11 del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007 de la CSJN, no puede sino concluirse que el recurso extraordinario federal interpuesto deviene inadmisible”, sostuvieron.

 

Competencia.

 

El 18 de mayo de este año, la misma sala del STJ revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil que había declarado inconstitucional la caza con jauría. “… la discusión tal como la plantea la actora -Díaz-, (...) no puede darse en este ámbito judicial, pues tal labor le pertenece al Poder Legislativo”, habían resuelto Sappa y Fernández Mendía en aquel fallo.

 

Y añadieron: “…la función de los jueces no puede interferir en el ejercicio de facultades que les son privativas a otros poderes con arreglo a lo prescripto por la Constitucional Nacional”.

 

El 29 de junio de 2022, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, con asiento en Santa Rosa, estableció que la modalidad de caza con jauría era “inconstitucional” en la provincia, al tiempo que resaltaba que la ley 14346 “prohíbe el maltrato animal”. Argumentaron que si bien en toda actividad de caza el resultado era la muerte del animal capturado, lo distintivo de hacerla con jauría era que infringía un mayor sufrimiento no solo respecto del animal cazado sino también al que se utiliza para cazarlo.

 

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