La Pampa mantiene beneficios fiscales para empresas de biocombustibles
El Gobierno provincial decidió mantener este año el beneficio fiscal para las empresas productoras de biocombustibles. Se trata de una reducción en la alícuota de Ingresos Brutos que alcanza a las empresas Enresa, radicada en Catriló, y Pampa Bio de Lartirigoyen, que está en General Pico.
A través del Decreto Nº 7, con fecha del 8 de enero, el Ejecutivo redujo “al 0,50 % la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad de fabricación de biocombustibles excepto alcohol”. Esta medida alcanzarán “exclusivamente para los contribuyentes que cumplan las condiciones” establecidas y el mismo tendrá vigencia desde el 1º de enero hasta el 31 de Diciembre de este año.
El subsecretario de Ingresos Públicos, Alejandro Vicente, explicó ante la consulta de este diario que “básicamente es un beneficio que se le da a la actividad cuando se desarrolla en la Provincia, que se suma a los incentivos fiscales con el objetivo de neutralizar la carga tributaria. La actividad es capital intensiva y por ello, a pesar de que las empresas descuentan los sueldos del impuesto que deben abonar, no llegan a cubrir la totalidad del saldo. Por eso se otorga ese beneficio”.
En ese sentido, destacó que “es un complemento para lograr que en La Pampa la industria no pague impuestos provinciales”. Si bien se renueva año a año, remarcó que cobra relevancia en este contexto donde “todo apunta a una reprimarización de la economía si no hay competitividad, por el atraso cambiario”.
“La provincia hace un esfuerzo importante en materia fiscal para promover la industria. En el último mes de 2024 otorgamos más de 500 millones en créditos fiscales, la enorme mayoría fue a la actividad industrial. El objetivo es que la industria en la pampa pague sueldos, no impuestos”, enfatizó.
La normativa.
Según la normativa a la que accedió este diario, el beneficio será otorgado si se cumplen una serie de requisitos. Entre ellos se encuentra estar como agente de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la provincia de La Pampa, poseer al menos tres personas en relación de dependencia afectados al desarrollo de la actividad, que se acreditará con la Declaración Jurada al Régimen Nacional de Seguridad Social, presentada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos; no registrar deuda exigible ni obligaciones formales incumplidas como contribuyente y/o agente de recaudación de los gravamenes que recauda la Dirección General de Rentas provincial, y poseer la planta donde desarrolla la actividad ubicada en territorio pampeano.
La pérdida del beneficio se producirá “por el incumplimiento de las obligaciones formales y/o sustanciales a su vencimiento, así como de alguno de los requisitos establecidos, debiendo el contribuyente liquidar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicando la alícuota e importes mínimos que correspondan de acuerdo a la Ley Impositiva a partir del primer anticipo a vencer con posterioridad a la fecha de producida la infracción”.
“A efectos de recuperar el beneficio los contribuyentes deberán regularizar la totalidad del gravamen no alcanzado por la reducción, más las accesorias que correspondan, y cumplir íntegramente con el resto de los requisitos exigidos por las normativas”, añade. “En todos los casos, los sujetos estarán obligados a comunicar fehacientemente a la Dirección General de Rentas – División Impuesto Sobre los Ingresos Brutos -, tal proceder, mediante su Domicilio Fiscal Electrónico. Los pagos que se hubieren efectuado con anterioridad se considerarán firmes. El mismo criterio se aplicará al impuesto regularizado mediante planes de facilidades de pagos”, establece.
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