Tiene 83 años y pide domiciliaria
La defensa de Eulogio Amaya insistirá ante el Tribunal de Impugnación Penal para que se le otorgue la prisión domiciliaria. El abogado Benjamín Ortiz sostiene que “no es lógico” que una persona de 83 años, con muchos problemas de salud permanezca en una unidad carcelaria.
El hombre, que cumple una condena a 11 años de prisión –fue condenado el 23 de julio del 2020 por el delito de Tentativa-- está preso en el Complejo Penitenciario I de San Luis, una prisión que está a 700 kilómetros de sus familiares más cercanos.
Ante la decisión del Juez de Ejecución de no hacer lugar a lo solicitado, el defensor fue al Tribunal de Impugnación Penal para que revea esa cuestión.
Salud deteriorada.
El profesional arguye que Amaya, “a lo largo de su estadía, primero en el complejo penitenciario Pampa Salinas”, y hoy en San Luis, “ha visto deteriorarse su salud, no sólo por su edad avanzada, sino por distintas dolencias que lo aquejan”.
Expone que eso puede ser corroborado “con los informes, donde se advierte que debió ser trasladado en diversas oportunidades a establecimientos asistenciales. Amaya padece agudeza visual sin corrección, hipertensión arterial crónica, cardiopatía severa, adenoma prostático en etapa quirúrgica y asma crónico entre otras afecciones”.
Muchas complicaciones.
Ortiz explicó que el juez de Ejecución, Mariano Pascual, dispuso su traslado desde el complejo penitenciario Pampa de Salinas, donde Amaya estaba alojado, hasta un lugar cercano a un centro hospitalario de alta complejidad, y que hubo otros innumerables traslados por cuestiones de salud en su estadía en prisión. “Debido a su edad cada vez se le torna más dificultoso afrontar las altas temperaturas en periodo estival, así como las bajas temperaturas en periodo invernal. En verano tuvo deshidrataciones, con baja de presión y mareos”.
Agregó Ortiz que el actual estado de salud de su defendido “es de hipervulnerabilidad, además por la falta de contención porque su núcleo familiar se encuentra a una distancia de 700 kilómetros”.
¿Qué dijo Pascual?
El Juez de Ejecución “considera que no corresponde otorgar prisión domiciliaria, fundandose en que Amaya puede ser tratado en una carcel porque su estado de salud no ha empeorado, y que los informes hablan de una situación anímica que puede ser revertida a través de un tratamiento psicológico”.
El abogado entiende que “resulta arbitrario rechazar un arresto domiciliario de una persona de edad avanzada con el argumento de que no presenta un cuadro de salud especialmente delicado, o diciendo que esas dolencias pueden ser tratadas dentro de un establecimiento penitenciario. Resulta una clara vioolación al principio de legalidad y un apartamiento de los presupuesto previstos en los arts. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional”.
Informes psicológicos.
Después hace una enumeración de distintos --son varios-- informes psicológicos que sostienen que Amaya “va camino a un franco deterioro de su salud mental. A eso se suman dolencias físicas que dan cuenta del compromiso de su salud”. Incluso hay uno que sugiere que debiera propiciarse el instituto de prisión domiciliaria.
El defensor tiene claro que “la concesión de prisión domiciliaria en los supuestos de personas mayores a 70 años no es automática y que por el contrario, conforme lo sostiene el T.I.P. es necesario analizar su factibilidad a través de los informes de profesionales presentados en el legajo”
Advierte que “la jurisprudencia tiene dicho que el fundamento de la prisión domiciliaria consiste en evitar un trato cruel, inhumano y degradante del detenido o la restricción de derechos fundamentales que la prisión no debe afectar, todo conforme lo dispuesto en los arts. 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional”.
En Algarrobo del Águila.
Afirma Ortiz que “se encuentran cumplimentados los requisitos legales que harían posible incorporar a Eulogio Amaya a prisión domiciliaria, no advirtiéndose de acuerdo a los informes presentados la inconveniencia o la negatividad a los fines de no obtener tal instituto”.
Finalmente en su presentación el abogado señala que de accederse a otorgar el beneficio su pupilo “residiría enn la localidad de Algarrobo del Águila, en el domicilio de su hija Mirta Amaya”. Además se deja constancia que se coloca a disposición de la autoridad pertinente, un sistema de cámaras de seguridad del lugar para que el condenado se encuentre monitoreado y custodiado”.
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