Viernes 11 de julio 2025

Municipalidad pagará cifra millonaria

Redacción 09/04/2011 - 04.21.hs

(General Pico) - La Directora General de Asuntos Legales de la Municipalidad de General Pico, María Valeria Malvicino, informó ayer a los concejales sobre el estado del juicio entablado por la empresa Telefónica de Argentina contra la comuna local, para lograr la devolución de las sumas de dinero abonadas en concepto de canon por ocupación y/o uso del espacio aéreo.
En consideración de diversos argumentos la Dirección de Asuntos Legales aconsejó al Departamento Ejecutivo Municipal, no recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación como última instancia en el mencionado juicio.
Se analizó que ante una situación similar, el máximo tribunal de la Argentina ya falló en contra de la Municipalidad de General Pueyrredón. Ese falló tiene fuerza de jurisprudencia, ya que la Corte declaró la inconstitucionalidad de la Ley 24.932, con argumentos parecidos a los que esgrimió oportunamente el Juez Federal de Santa Rosa.
"Ese precedente - de fecha muy reciente en términos judiciales- hace suponer que la Corte Suprema, en caso de que la comuna de General Pico presente el recurso extraordinario, repita la doctrina ya sentada", señala el comunicado de prensa emitido por la Municipalidad local.
En consecuencia, el apoderado de la Municipalidad de General Pico, Carlos Amado, consideró conveniente no recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya que de obtenerse un fallo adverso (que es la situación más probable), se generaría un importante desembolso de dinero en costas judiciales, en directo perjuicio de los intereses económicos de la comuna.
Con respecto al pago de la suma reclamada por la empresa Telefónica de Argentina S.A, la Municipalidad de General Pico dispone de un año de plazo -a partir del momento en que quede firme la sentencia de la cámara bahiense- para comenzar a hacer efectiva esa retribución, que ronda los cuatro millones de pesos.
La resolución de la Cámara Federal de Bahía Blanca en contra de la Municipalidad de General Pico fue fechada el 15 de marzo pasado y la fundamentación del voto estuvo a cargo del magistrado Ricardo Emilio Planes.
En un escrito de nueve páginas, se ordena a la comuna a pagar a Telefónica de Argentina S.A la suma de 1.223.628,80 pesos, actualizada con el interés equivalente a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones ordinarias desde enero de 2000. Se calcula que el monto ajustado a ese interés llega a los cuatro millones de pesos.

 

Larga disputa.
El litigio entre el municipio y Telefónica se originó a poco de comenzar Carlos Verna su segundo período como intendente. En 1992, resultó electo senador nacional y debió renunciar a su cargo en la intendencia. Pero antes ordenó que se le cobrara a Telefónica el canon por uso del espacio aéreo.
Entonces, estaba vigente la Ley Nacional de Telecomunicaciones 19798, sancionada en 1972, la cual establecía que las empresas telefónicas estaban exentas del pago de todo gravamen establecido por provincias o municipios. Pero, a partir de la privatización de Entel, en 1990, y el desembarco de Telefónica y Telecom, se produjo un avance de los municipios sobre las empresas privadas para exigirles el pago de gravámenes por el uso u ocupación del espacio aéreo bajo sus jurisdicciones.
En ese contexto, Santa Rosa y Pico iniciaron los juicios de apremios a Telefónica, ganando en las instancias provinciales. Sin embargo, la compañía, que pagó bajo protesta, tildó de inconstitucional el cobro del canon ante la Justicia Federal y consiguió el respaldo de la Corte en 1997. La Corte, con los votos de cinco de los nueve ministros, revocó una decisión de la Cámara bahiense y declaró inconstitucional la ordenanza de la comuna.
Luego de ese fallo, en su primera incursión en el Senado, Verna impulsó y consiguió que se aprobara una ley que eximía a las comunas a devolver el dinero cobrado indebidamente. Pero Telefónica volvió a demandar a Pico y Santa Rosa para que devolvieran el dinero abonado bajo protesta.

 


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