Sabado 11 de octubre 2025

La CNE confirma a Santilli como primer candidato de LLA

Redaccion Avances 11/10/2025 - 13.46.hs

Luego del fallo del Juez Federal Alejo Ramos Padilla y el dictamen de dos fiscales, la Cámara Nacional Electoral revocó la sentencia del magistrado con competencia electoral de Buenos Aires y confirmó, tras varios idas y vueltas, que Diego Santilli será quien reemplace a José Luis Espert como primer candidato de La Libertad Avanza (LLA) en las próximas elecciones legislativas del 26 de octubre- De esta manera, Karen Reichardt quedará como segunda candidata a diputada.

 

A través del fallo de la CNE, los jueces firmantes cuestionan la aplicación del régimen vigente y las disposiciones que tutelan la igualdad de género en el ejercicio de los derechos políticos. "En este marco, nuestro país ha seguido los principios consagrados en el orden internacional de materia electoral y de partidos políticos que se pronuncian claramente en favor de una participación igualitaria y sin discriminaciones fundadas en meros prejuicios entre varones y mujeres", añadieron.

 

"Nuestro Poder Legislativo estableció, mediante la ley N°. 27.412, la paridad de género en ámbitos de representación política y determinó que 'las listas de candidatos/as que se presenten para la elección de senadores/as nacionales, diputados/as nacionales y parlamentarios/as del Mercosur deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente", manifestaron.

 

Por otro lado, en relación a la situación planteada, la Cámara Nacional Electoral se refiere a qué ocurre y cómo debe procederse ante los supuestos de sustitución por renuncia de un/a diputado/a nacional, como fue el caso de José Luis Espert tras el escándalo narco en el que se vio envuelto durante las últimas semanas. En esa línea, apuntan que el Art. 164 del Código Electoral Nacional dispone que "debe hacerse con personas 'de su mismo sexo'".

 

"Cuando un precandidato o precandidata o un candidato o candidata oficializado u oficializada falleciera, renunciara, se incapacitara permanentemente o fuera inhabilitado por cualquier circunstancia antes de la realización de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias o de las elecciones generales, será reemplazado por la persona del mismo género que le sigue en la lista, debiendo realizar sigue en la lista la agrupación política o en su caso la Justicia Electoral, los corrimientos necesarios a fin de ordenarla respetando los requisitos de conformación paritaria establecidos en el artículo 60 bis del Código Electoral Nacional", citan.

 

 

Criticas a Padilla

 

La Cámara cuestionó que Ramos Padilla se apartara de la normativa vigente con una interpretación “subjetiva” y al declarar la inconstitucionalidad de la ley sin fundamentos suficientes. También reprochó que el magistrado desconociera la jurisprudencia consolidada en casos similares y aplicara de forma incorrecta un fallo relativo a la categoría de senadores nacionales.

 

En su fallo, el tribunal recordó su rol activo en garantizar la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones para el acceso a cargos públicos electivos, en línea con numerosos pronunciamientos anteriores que priorizaron la participación femenina en las listas por sobre la masculina.

 

La decisión marca un antecedente importante en el marco de las próximas elecciones legislativas y reafirma la vigencia de los criterios de paridad establecidos por la normativa electoral vigente. (El Destape / NA)

 

 

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