Martes 15 de julio 2025

El Frepam acusó al Tribunal Electoral de generar un fraude

Redacción 28/07/2011 - 04.22.hs

El Frepam le dijo al Tribunal Electoral Provincial que deberá hacerse cargo del "fraude general" que puede generar a partir de la resolución que dictó el 13 de julio, por la cual autorizó al Partido Justicialista a elegir sin limitaciones, en el congreso partidario de Eduardo Castex, a un nuevo candidato a gobernador, en reemplazo del renunciante Carlos Verna.
Ese argumento figura en una presentación realizada ayer por el apoderado del Frente Pampeano Cívico y Social, Carlos González, ante el TEP. Allí pidió dos nulidades, la de la resolución del 5 de julio, firmada sólo por el presidente del Tribunal, Eduardo Fernández Mendía, dándole tres días al PJ para que se pronuncie sobre la dimisión de Verna; y el citado dictamen del 13 de julio.
En el punto tercero del escrito, titulado "Denuncia fraude electoral a la ley y a terceros", el apoderado expresó que "para el hipotético caso de que no prosperen las nulidades interpuestas, el TEP debe atender el fraude electoral, el fraude que genera la resolución judicial del 13 de julio, el fraude a la ley, del que el TEP deberá desentenderse al reconocer que el PJ no usó el plazo concedido para ejercer la voluntad de sus afiliados, de su congreso partidario soberano, ni para proceder como lo indica su carta orgánica. No hizo nada de eso".
Por el contrario, el Frepam afirmó que el justicialismo utilizó el plazo de dos semanas (entre la dimisión de Verna y la designación del gobernador Oscar Mario Jorge para que busque ser reelecto) "para encuestar, para especular, para hacer justamente aquello que el legislador dejó fuera al impedir que en caso de renuncia, se rehabiliten plazos y derechos para proponer candidatos fuera del proceso electoral".
De esa manera, adujo, que esa fuerza política fue perjudicada. En ese punto del texto González aludió al artículo 9 bis de la ley 2042 sobre el régimen de elecciones internas abiertas, obligatorias y simultáneas que dice de que los candidatos pueden ser reemplazos solamente en casos de muerte, inhabilidad o incapacidad permanente, pero no de renuncia. El Tribunal, en la resolución cuestionada, por mayoría, sostuvo que Verna aún no era candidato cuando fue reemplazado, sino precandidato, porque no se habían realizado las internas.

 

"Una burla al Tribunal".
En otro párrafo, el Frepam habló de "un perjuicio actual, futuro, grave, e irreparable, por lo que el acto de encuestar tiene una consecuencia que nulifica y lo hace perder su derecho por abuso y fraude". En este caso, acotó, "la actitud del PJ de encuestar causó un daño grave e irreparable a esta parte, al resto de los partidos, a la ley y a la ciudadanía, y fue una burla al propio TEP, todo cometido con evidente y claro dolo".
En ese sentido, González le pidió al Tribunal que "se aplique el máximo rigor y sanción de la ley, por haber actuado el PJ con dolo, rechazando en consecuencia el derecho conferido por haber obrado con intención y finalidad fraudulenta".
Basándose en un artículo del Código Civil, el Frepam remarcó que "el fin del PJ al encuestar fue ilícito -no desde lo penal, pero si desde lo electoral-, excedió toda disposición legal electoral y fue contrario a los fines que tuvo el Tribunal al reconocerlo (...) Todo esto tiene un solo nombre jurídico: fraude, tanto a la ley como en perjuicio de terceros".
Junto a la denuncia, el Frente le adelantó al Tribunal que está en condiciones de entregarle "los datos de los teléfonos de línea testigo" con las que los encuestadores se comunicaron "para establecer mediante el rastreo de llamados de dónde provinieron, y en su caso indagar quién los hizo y quién los solicitó, aunque el reconocimiento periodístico que hicieran los propios protagonistas relevan de cualquier negativa de estos hechos". Por eso también ofreció un listado de medios donde los propios dirigentes y candidatos del PJ admitieron que en ese período de dos semanas se efectuaron las encuestas que demostraron que Jorge era el que mejor medía para sustituir a Verna. E incluso González solicitó que esos dirigentes sean citados a declarar.
Por todo ello el Frepam se le pidió al Tribunal que revoque "inmediatamente" la resolución del 13 de julio, "dado que se ha abusado del derecho irregularmente concedido: es una burla al tribunal, a los partidos, a la ciudadanía y a la democracia. Esto de ninguna manera es lo que avala la Constitución ni los tratados: la participación sí, pero dentro del marco legal". Por eso la oposición requirió que el dictamen sea anulado.

 

Piden reconsideración
El Frepam también le pidió al Tribunal Electoral que reconsidere la resolución 83/11, por la cual rechazó la recusación contra su presidente, Eduardo Daniel Fernández, por prejuzgamiento ya que antes de autorizar al PJ a designar a un reemplazante de Verna había dicho públicamente que existía un vacío legal.
"Ya en la providencia del 5 de julio (por la que Fernández Mendía notificó de la renuncia de Verna al apoderado del PJ), hubo un prejuzgamiento del presidente, al darle vista y conceder un plazo por entender que el Partido Justicialista debía postular los candidatos, lo que agregado a las manifestaciones periodísticas sobre el vacío legal, permiten '...deducir la actuación futura de un magistrado por haber anticipado su criterio, de manera tal que las partes alcancen el conocimiento de la solución que dará al litigio', tal como expresó el Tribunal en la resolución cuya revocatoria se ha peticiona", sostuvo González.
"Tal fue el grado de certeza que el PJ tenía de Fernández Mendía, a partir de esa providencia, que (en la nota de respuesta) expresó que el congreso del partido iba a determinar y designar quienes integrarían la fórmula, que fue en definitiva el voto de Fernández Mendía", concluyó el apoderado.

 


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