Miércoles 17 de abril 2024

Albañil condenado a 10 años de prisión por un homicidio

Redacción 30/11/2018 - 00.57.hs

(General Acha) - César Antonio Carabajal (27 años de edad) deberá cumplir una condena de 10 años de prisión, debido a que fue declarado responsable del homicidio de Paolo Sebastián Yobanolo. El hecho ocurrió en marzo de este año, frente a "Farras Bar" y la panchería "Pancho Villa" de la localidad de 25 de Mayo.
En ese misma sentencia (253/2018) el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa, constituido por los magistrados Daniel Alfredo Sáez Zamora (presidente), Gastón Boulenaz y Andrés Aníbal Olié, determinó absolver a Hugo Alberto Carabajal (22 años de edad) por el delito de encubrimiento agravado, por el cual también había sido oportunamente acusado por la fiscalía de esa localidad.
No obstante, en relación a éste último, se declaró la autoría y responsabilidad penal por haber cometido el delito de lesiones leves. A su vez se accedió a la suspensión de proceso a prueba peticionado a favor de él, por el plazo de tres años.

 

Reglas.
Durante ese período no podrá cometer nuevos delitos, y deberá cumplir con diferentes reglas de conducta, que consisten en: fijar domicilio del que no se ausentará sin conocimiento y autorización de la agencia de contralor correspondiente; abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas; y no tener contacto alguno ya sea físico, por interpósita persona o tecnológico, con Lautaro José Saso y su núcleo familiar. Tampoco podrá concurrir al domicilio del mismo.
En otro de los puntos resolutivos, los magistrados decidieron absolver a Marcos Antonio Santibañez (22), por los delitos de lesiones leves y encubrimiento agravado, por los cuales fue acusado.
Una vez que el fallo quede firme, se deberá cumplir con la realización del correspondiente cómputo de pena, y posteriormente remitirse los oficios pertinentes.

 

Hecho.
El 10 de marzo de este año, entre las 6 y las 6.30, César Antonio Carabajal asestó siete puñaladas en rostro, mano, tórax e ingle a Paolo Sebastián Yobanolo en la vereda de "Farras Bar" y la panchería "Pancho Villa", ubicados en calle Eduardo Castex, entre calles Alpachiri y Lonquimay de 25 de Mayo. Producto de la herida de la ingle, Yobanolo falleció en el Hospital Ahuad pocos minutos después de haber ingresado.
De acuerdo a lo que fue acreditado con el desarrollo del debate realizado hace unos días en la Ciudad Judicial de la capital pampeana, Hugo Alberto Carabajal golpeó a Lautaro Saso con un escombro en su rostro causándole una escoriación lineal contuso cortante en la región fronto parental, en la vereda de esos mismos locales. Luego de este hecho los hermanos Carabajal se subieron al Ford Fiesta que Marcos Antonio Santibañez conducía, con intenciones de huir del lugar de los hechos.

 

Debate.
En el transcurso del debate, la fiscal sustituta María Soledad Forte -asistió junto a la adjunta Eugenia Bolzán-, encuadró el accionar de César Antonio Carabajal en la figura de homicidio simple y solicitó una pena de diez años de prisión.

 

Respecto a Hugo Alberto Carabajal subsumió su conducta en la figura de lesiones leves, y para Marcos Antonio Santibañez en encubrimiento agravado. Asimismo, prestó el consentimiento para que ambos pudiesen acceder a la suspensión de juicio a prueba que fuera solicitada por las defensas de los acusados.
Por su parte el abogado Gastón Gómez peticionó la absolución de su defendido Santibañez, y de manera subsidiaria se le otorgue la suspensión de juicio a prueba. Lo propio hizo el defensor oficial sustituto Federico Ibazetta, pero en relación a Hugo Alberto Carabajal.
Mientras que el abogado Mauricio Sebastián Moreno, a favor de César Antonio Carabajal, opinó que el deceso de Paolo Sebastián Yobanolo ocurrió en un contexto de riña callejera, donde su defendido participó sólo para defenderse y defender a su hermano de las agresiones que estaban sufriendo. Dijo que no hubo intención de ir y matar. Por esa razón solicitó la absolución, y para el caso que se decida que hay responsabilidad, requirió lo sea por la figura de homicidio preterintencional, con los atenuantes de los artículos 40 y 41 del Código Penal.

 

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