Miércoles 17 de abril 2024

Condenado por agredir al cuñado

Redacción 15/03/2019 - 00.33.hs

El juez de control de la Primera Circunscripción Judicial Gabriel Lauce Tedín condenó a Carlos Alberto Sottovía a cuatro años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo -declarándolo reincidente-, por ser autor de los delitos de lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal; y a Vanina Jésica Di Dino a un año y cuatro meses de prisión efectiva, como partícipe necesaria de las lesiones graves.
A su vez, para la mujer dispuso que la pena sea cumplida bajo la modalidad de prisión domiciliaria, con control de dispositivo electrónico -conocido como tobillera electrónica-, medida que ya se venía cumpliendo hasta ahora, debido a que es madre con hijos menores a su cargo y a que los informes socio-ambientales fueron positivos.
El conflicto penal se resolvió a través de un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Oscar Cazenave, la defensora particular Vanessa Ranocchia Ongaro y ambos imputados. El es un fletero de 27 años y ella una empleada de 35.
El damnificado, cuñado de los acusados, al ser informado sobre sus alcances, pidió saber acerca de eventuales planteos donde se resuelva la libertad anticipada de los acusados y dijo que tiene miedo por su familia y que el hecho le produjo consecuencias físicas y psicológicas y que, incluso, aún no puede realizar trabajos de fuerza.

 

Agresión.
Tedín dio por acreditado que 4 de noviembre pasado, al mediodía, Sottovía -a bordo de una moto conducida por Di Dino-, agredió físicamente a un hombre "mediante un disparo con arma de fuego, sin contar con la debida autorización legal para la portación del arma en ninguna de sus categorías; más precisamente con un revólver con cañón plateado, efectuando un disparo que impactó en la espalda de la víctima".
Entre esos elementos probatorios pueden mencionarse la denuncia del damnificado, el acta de secuestro de una gorra, fotografías, informes del Registro Provincial de Armas y de la Agencia de Investigación Científica -dependiente del Ministerio Público- y del médico forense, y el acta de entrega voluntaria y recepción y secuestro del vehículo.
Acerca del imputado, el magistrado agregó que "como hecho independiente, debe valorarse que Sottovia trasladó en la vía pública, y en condiciones de inmediato uso y sin contar con la debida autorización legal para ello, un arma de fuego con la que luego menoscabara la integridad física de la víctima".

 

Antecedentes.
Este ya había sido condenado por el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa, el 3 de noviembre de 2014, y en otro abreviado y en dos causas diferentes, a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de lesiones graves calificadas por el uso de arma de fuego, en concurso real con lesiones graves. En una se demostró que le disparó con un arma de fuego a un hombre y en la otra que agredió con un cuchillo a otra persona.
Además remarcó que Di Dino "prestó la cooperación necesaria a los fines del hecho, para lo cual condujo la moto trasladando a Sottovia, posibilitando que éste realice los disparos de arma de fuego desde el rodado, para luego retirarse rápidamente del lugar".

 


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