Miércoles 17 de abril 2024

Condena en suspenso a un policía piquense

Redacción 09/04/2019 - 01.04.hs

(General Pico) - El juez de audiencia piquense, Marcelo Pagano, condenó ayer a un cabo primero de la Comisaría Primera a dos años de prisión en suspenso y cuatro de inhabilitación, tras encontrarlo culpable de los delitos de Privación ilegítima de la libertad y Vejaciones, en concurso real. Además le impuso a Daniel Britos (39 años), reglas de conducta por dos años. El hecho se debatió hace dos semanas en los Tribunales piquenses, con la intervención del fiscal general, Armando Agüero, y de las defensoras Magalí Tarditti y Silvia Brown.
El juez dio por acreditado que durante la madrugada del 11 de marzo de 2017, el imputado circulaba por calle 5 en bicicleta, en dirección a la Comisaría Primera, donde debía prestar servicio. Sin embargo, al llegar a la intersección con la calle 10 fue insultado por un adolescente que estaba junto a otros cuatro menores de edad que caminaban hacia el centro. Luego de ello, señaló Pagano, los jóvenes continuaron su camino y fueron alcanzados por el policía, quien bajó de su bicicleta y sin mediar palabra golpeó a un menor con una cachetada en la cara y una patada en la pierna. Después tomó del cuello a otros dos menores y esposó a los tres, para trasladarlos a la Comisaría Cuarta a bordo de un móvil policial.

 

Fundamentos.
Durante el juicio declararon los damnificados y personal de tránsito y de la policía, entre ellos, el comisario José María Giordano, titular de la Comisaría Primera, quien calificó al accionar del acusado como "inapropiado e irregular".
Las cámaras de seguridad de un negocio de informática en cuya vereda ocurrió el episodio registraron la demora, y esto fue una prueba esclarecedora al momento del debate.
El magistrado aseguró que no existió motivo alguno para que el acusado procediera a la demora de los menores, y acreditó que "nada hicieron, ni se negaron a identificarse porque nunca les fue requerido que lo hicieran". También surgió del debate que a los menores se les imputó una supuesta infracción al Código de Faltas, la cual fuera descartada, por lo que nunca debieron ser demorados ni esposados.
En la sentencia, Pagano pidió que se remitieran al Ministerio Público Fiscal las declaraciones testimoniales de los inspectores de tránsito, Juan Marcelo Chamorro y Juan Alexis Cerda Palacios, ante la presunta comisión de los delitos de Falso testimonio y de Omisión de denuncia. Del primero dijo que "no habría observado ni escuchado lo que narró", y al testimonio del segundo lo consideró "poco consistente".

 


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