Jueves 25 de abril 2024

Condenado a 11 años de prisión por abuso

Redacción 01/12/2021 - 00.05.hs

(General Pico) - Un tribunal colegiado de esta ciudad, integrado por los jueces Federico Pellegrino, María José Gianinetto y Marcelo Pagano, condenó a once años de prisión a un hombre que en noviembre de 2019 abusó sexualmente de una menor de edad a la salida de un local bailable. Los magistrados sentenciaron a Sergio Gastón Alfonso como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la participación de dos o más personas, en perjuicio de una menor de edad.

 

Los hechos investigados se debatieron a puertas cerradas a lo largo de cinco jornadas que se llevaron a cabo durante los días 8, 9, 10, 11 y 12 de noviembre. En el debate, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por los fiscales Armando Agüero (general) y Juan Marcelo Cupayolo; y la defensa de Alfonso estuvo a cargo de los letrados Boris Vlasich y Marcelo Piazza.

 

Tras la producción de la prueba, en la etapa de los alegatos finales la Fiscalía solicitó que se condenara al imputado a la pena de 15 años de cárcel. En tanto, la defensa se pronunció por la absolución del acusado.

 

Cámara Gesell.

 

Durante el juicio se reprodujeron tres entrevistas en Cámara Gesell y declaró el personal que participó de la investigación, como efectivos policiales, agentes de Salud Pública, y de la Agencia de Investigación Científica (AIC), que realizó un análisis de los teléfonos celulares secuestrados en el marco de la investigación.

 

También declaró María Cecilia Bobillo, del Laboratorio de Genética Forense Ministerio Público, y Florencia Jorgelina García Martínez, genetista del laboratorio Pampagen. La defensa aportó el testimonio de amigos del imputado.

 

Agravantes.

 

El Tribunal acreditó que el hecho investigado ocurrió durante la madrugada del 23 de noviembre del año 2019, a la salida de un boliche nocturno, en el patio de una casa cercana al lugar. Una de las pruebas claves, además del testimonio de la víctima, los testigos citados y las pericias, fueron los resultados de las pruebas de ADN.

 

Al momento de merituar la pena, el Tribunal consideró como atenuante, la carencia de antecedentes condenatorios del imputado y el buen concepto que tiene entre sus amistades. En tanto, entre los agravantes, los jueces consideraron "la consistencia del ataque sexual, el conocimiento del estado de vulnerabilidad de la damnificada y el aprovechamiento del mismo, conocía el estado de indefensión en que la víctima se hallaba y lo utilizó para concretar su ataque. Así también es necesario considerar la diferencia de edad entre víctima y victimario, donde éste, prácticamente la dobla en edad", dado que la damnificada tenía 16 años de edad al momento del hecho.

 

El Tribunal colegiado condenó a Alfonso por el cargo de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la participación de dos o más personas, a 11 años de prisión.

 

Además, lo absolvió de la imputación formulada en orden al delito de abuso sexual con acceso carnal por aplicación del beneficio de la duda.

 

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