Salud analiza una “factura simbólica” en la atención pública
La enorme inversión en salud pública realizada en los últimos años, junto con el ajuste brutal del actual gobierno del presidente Javier Milei, ha llevado a muchas personas en nuestra provincia a volcarse a la salud pública: algunos porque advierten que determinados tratamientos y prácticas que requerían derivaciones a Buenos Aires ahora pueden realizarse aquí, evitando el desarraigo, y otros porque perdieron su empleo formal y con ello su cobertura médica a través de obras sociales o empresas de medicina prepaga.
Ante esa situación, el gobierno provincial decidió modificar los criterios según los cuales aquellas personas que tienen ingresos suficientes o cobertura social deben abonar por los servicios en los hospitales públicos. Desde el Ministerio de Salud explicaron que nadie se quedará sin atención y mucho menos en casos de emergencias, donde lo primero será la atención y luego la consulta respecto a los aspectos económicos.
En ese marco, otra de las cuestiones que está bajo estudio de las actuales autoridades de la cartera sanitaria es la implementación de lo que se denomina en otros países como “factura fantasma” o “factura simbólica”. ¿Qué implica esto? Que los pacientes, aunque no paguen por la atención recibida en el centro de salud, se lleven una suerte de ticket donde se detalle el precio que tiene cada tratamiento o tecnología utilizada durante su estadía en el hospital.
En países como España, donde el tema se puso en discusión sobre todo al salir de la pandemia de Covid-19, las posturas en torno a la factura “fantasma” fueron dos: una favorable, donde sus defensores entienden que es una buena medida para concienciar a la población de lo que supone el diagnóstico y tratamiento que se brinda en el Sistema Nacional de Salud (SNS) y no tan favorable, de parte de profesionales de la salud que no creen que se deba apuntar de manera individual al costo de cada tratamiento sino que se ofrezca una información general a la ciudadanía sobre el precio de tratamientos como la quimioterapia, los antivirales o los neurosupresores.
Gratuidad.
La semana pasada, el Ministerio de Salud de La Pampa modificó la categorización de las personas usuarias del sistema de salud pública y redujo los niveles de ingreso necesarios para acceder a la gratuidad. De esta manera, más personas deberán pagar si solicitan prestaciones en alguna institución pública pampeana. Las autoridades también determinaron que las personas que residan en otras provincias o países y quienes no puedan acreditar, como mínimo, dos años de vivir en territorio pampeano también deberán abonar la totalidad de los servicios en la salud pública de La Pampa.
“En realidad lo que se busca un sistema de salud más justo, más equitativo. Es nada más y nada menos que el que más tiene pague un poco más. No es que se busca que más personas paguen por la salud pública pampeana”, le dijeron a este diario desde el ministerio de Salud luego de difundirse públicamente la nueva disposición.
Según la resolución 2801/25, que entró en vigencia el pasado lunes, las autoridades sanitarias provinciales decidieron catalogar como “No contribuyentes” a las personas cuyos ingresos familiares sean inferiores a seis salarios mínimo, vital y móvil.
Bajo la categoría “Mutualizados” pasaron a quedar incluidos las personas afiliadas a alguna obra social, mutual o prepaga, quienes están divididos en dos grupos: mutualizados con capacidad de pago (cuando el ingreso familiar sea igual o mayor a seis salarios mínimo, vital y móvil) y mutualizados sin capacidad de pago (cuando el ingreso familiar sea menor a seis salarios mínimo, vital y móvil).
Ingresos.
La evaluación para determinar la categoría de cada persona, tanto en el caso de “no contribuyente” como en el de “mutualizado”, respecto a la composición patrimonial del grupo familiar será realizada por “los agentes designados del equipo de Salud o la Dirección de los establecimientos”.
El salario mínimo, vital y móvil, a partir del mes de noviembre, es de $ 322.200. De esta manera, seis de estos salarios dan un monto de $ 1.933.200, que es el umbral de ingresos que define qué personas deben pagar, y quienes no, por ser atendidos en la salud pública pampeana.
Por otro lado, se categorizarán como “Contribuyentes” a los usuarios del servicio de salud que posean ingresos familiares iguales o superiores a seis salarios mínimo, vital y móvil. Los contribuyentes deberán pagar la totalidad de las prestaciones recibidas en el sector público, lo cual incluye medicamentos e insumos hospitalarios.
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