Un petrolero fue condenado por abuso sexual en 25 de Mayo
El hecho, ocurrió en una empresa de servicios petroleros en 2020, cuando un supervisor (A. A. R.), hizo uso de su superioridad jerárquica para cometer un abuso sexual simple en perjuicio de una trabajadora del área de maestranza. El, hoy acusado de autor, fue sobreseído en primera instancia en mayo del 2024. La Fiscalía y la Querella lograron, que en diciembre de 2024 el Tribunal de Impugnación Penal reviera la sentencia original y condenara al acusado a 2 años de prisión en suspenso. Y, a fines de marzo, ante otro recurso de impugnación interpuesto por la defensa del condenado, los abogados David Bravo y Juan Carlos Resia, el TIP confirmó la condena.
El hecho.
De acuerdo a lo que el Tribunal de Impugnación da por cierto, la situación denunciada ocurrió “el día viernes 6 de noviembre del año 2020, siendo las 17 horas aproximadamente, estando A.A.R. -supervisor- y N. A. G. -maestranza- dependientes de la empresa Ribeiro S.R.L., en la Base Nº 2, Petroquímica Comodoro Rivadavia ‘Yacimiento Medanito Sudeste’ de la zona rural de Colonia Chica de la localidad de 25 de Mayo”.
Ambos habían finalizado el horario laboral y eran los únicos en ese lugar, ella le solicita que la lleve hasta su casa subiéndose a la camioneta donde ya estaba sentado del lado del conductor R., instante en que él le toca la pierna izquierda, ante lo que la mujer se baja e ingresa al tráiler instalado en el lugar. Hasta allí la siguió el condenado y donde manoseó a la trabajadora hasta que en un momento, la llegada de otro vehículo lo hace desistir.
En éste punto, antes de alejarse, el supervisor amenazó a su subalterna: "escúchame, esto que quede acá porque si se entera otra persona más ni vos ni nadie la va a zafar a quién le van a creer a un supervisor o a una piba de maestranza. Pensá en tus hijos”. No obstante, la trabajadora presentó la denuncia correspondiente.
Absolución y condena.
La causa avanzó lentamente y el 9 de mayo del 2024, en La Audiencia de Juicio de la Primera Circunscripción Judicial, mediante Sentencia Nº 25/2024, absolvió a A. A. R.
Rápidamente, la Fiscalía de l Tercera Circunscripción planteó un recurso ante el TIP. Como respuesta, a Sala B de este Tribunal de Impugnación Penal, dictó el Fallo Nº 95/24 con fecha 20 de diciembre de 2024, en el cual resolvió hacer lugar a los recursos de impugnación interpuestos de manera conjunta por el Ministerio Público Fiscal y la Querella, y revocó dicha sentencia, condenando a A. A. R., como “autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple por abuso coactivo de una relación de autoridad, de una relación de poder (art. 119, primer párrafo del C.P.)” en perjuicio de N. A. G., imponiéndose la Pena de dos años de prisión de ejecución condicional, con costas”.
En esta instancia, el TIP explicó porqué revió el fallo de Primera Instancia. “La discrepancia surge en relación al medio comisivo para subsumir los hechos en el delito de abuso sexual simple. Así, inicialmente la Audiencia de Juicio consideró que sólo se había acreditado el uso de violencia, y no el abuso coactivo o intimidatorio de situación de autoridad o poder, por el cual se había acusado a A.A.R. por lo que no podía condenarse por un medio comisivo diferente al acusado. Por su parte, la Sala B de este TIP, al revocar el fallo, consideró que se había acreditado no sólo la violencia, sino también el medio comisivo abuso de una relación de autoridad y de poder en contexto de la Ley 26485 (artículo 119 primer párrafo del Código Penal)”.
Ante éste fallo, los abogados defensores del condenado, David E. Bravo y Juan Carlos Resia, interpusieron un “recurso de impugnación por revisión horizontal”. Sin embargo, en su sentencia, emitida el 28 de marzo pasado, el TIP fue coincidente con la anterior participación del mismo estrado judicial y decidió “no hacer lugar al recurso de impugnación, por revisión horizontal, interpuesto por Bravo y Resia, confirmando en consecuencia la sentencia de dos años de prisión en suspenso de A.A.R.”.
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