Jueves 18 de abril 2024

Un femicidio que marcó un antes y un después

Redacción 28/03/2023 - 07.58.hs

En la sentencia, los jueces enfatizaron en las vulnerabilidades de Lucía, dadas por su edad y el consumo de sustancias, que configuraron una relación asimétrica con respecto a un varón de entonces 23 años, que le suministraba estupefacientes.

 

*VICTORIA SANTESTEBAN

 

Tras la celebración de un nuevo juicio, que esta vez cumpliera con la obligación internacional de investigación, sanción y reparación con perspectiva de género, a partir de un actuar diligentemente reforzado por parte de Estado, el pasado febrero inició el proceso judicial que la casación bonaerense había mandado a realizar, por el femicidio de Lucía Pérez.

 

El femicidio de Lucía marcó un antes y un después en la lucha feminista por una justicia con perspectiva de género y derechos humanos, atento el bochornoso fallo de 2018 de los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del Tribunal Oral 1 de Mar del Plata, que condenó a Farías y Offidani a ocho años de prisión solo por la venta de drogas y los absolvió por el resto de los cargos, el femicidio y abuso sexual. Siete años después del crimen de género contra la adolescente, la celebración de un nuevo juicio viene a intentar reparar la violencia extrema contra Lucía y el actuar contrario al derecho vigente por parte del poder judicial marplatense.

 

El pasado jueves 23 de marzo, Matías Farías fue condenado a perpetua y Juan Pablo Offidani a 15 años, ambos acusados por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado". El pronunciamiento si bien superador del fallo absolutorio de femicidas, queda a medio camino, al condenar a perpetua sólo a uno de los imputados, por lo que Marta Montero, madre de Lucía, aclaró que su lucha no termina con este decisorio, que apelarán para la condena también de prisión perpetua para Offidani.

 

"Vamos a ver cómo seguir pero tiene que quedar claro que esto no fue un novio celoso que la mató a Lucía sino una banda de tipos que se dedicaban a vender droga y que captaron a Lucía, así como siguen captando y matando a nuestras hijas", expresó Montero en declaraciones a la prensa.

 

Juicio.

 

En este nuevo juicio, los jueces del Tribunal Oral Criminal 2 de Mar del Plata condenaron a prisión perpetua a Matías Farías (29) en calidad de autor del delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes y por resultar la muerte de la persona ofendida, en concurso ideal con femicidio" mientras que Juan Pablo Offidani (48) fue condenado a la pena de 15 años de prisión, como resultado de la unificación de la pena con una condena previa, considerándoselo partícipe secundario del del "abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes".

 

En la sentencia, los jueces enfatizaron en las vulnerabilidades de Lucía, dadas por su edad y el consumo de sustancias, que configuraron una relación asimétrica con respecto a un varón de entonces 23 años, que le suministraba estupefacientes. Aquí, la sentencia repara en el aprovechamiento sexual de Farías y la utilización de Lucía como instrumento para la perpetración de delitos de género.

 

En estas circunstancias, entendieron finalmente los jueces, que no existió consentimiento válido: "el consentimiento que Lucía evidenciara para concurrir" a la casa de Farías el día del hecho "es inválido para el derecho". Y, junto a la noción de narco-femicidio introducida por la querella, el tribunal reparó en el modus operandi de Farías, que comprendía la búsqueda de "chicas jóvenes a las cuales poderles vender estupefacientes, no registrando interés en los hombres, y además intentaba programar encuentros con objetivos sexuales con las mismas luego de concretar ventas de estupefacientes". Pero para Offidani -contra quien la fiscalía había pedido 20 años y la querella prisión perpetua- los jueces consideraron que su participación en los hechos no consistió un aporte indispensable para su concreción, por lo que la condena fue fijada en 15 años.

 

Memoria.

 

Ejercitar la memoria para la defensa democrática también incluye no olvidar el pronunciamiento sin perspectiva de género que en 2018 absolvió a femicidas. Las críticas de la OEA y del Comité de Expertas del mecanismo de seguimiento de la Convención de Belém do Para (Mesecvi), sobre aquél decisorio inconstitucional que los dejaba impunes junto con el tono de denuncia y a la vez pedagógico de la Casación Bonaerense que anuló finalmente el fallo, colaboran en este ejercicio memorístico para revitalizar derechos humanos.

 

"Para los magistrados, Lucía evidentemente no coincidía con el estereotipo de la mujer víctima de violencia de género y violación" (lo que) "demuestra el androcentrismo del derecho: descartaron el eventual abuso sexual respecto de Lucía, porque ella era una chica con una personalidad fuerte, con carácter, determinada y por ende, no vulnerable", expuso Casación mientras exigía un posicionamiento empático y receptivo para el juzgamiento de estos crímenes: "no puede prescindirse -además de la voluntad de ampliar la forma de pensar- de un elemento (...) esencial para ello que es la empatía. Nada se logra sin apertura al cambio y sin la capacidad de identificarse con alguien y poder comprender sus sentimientos".

 

A 47 años de la última dictadura militar y siete años del femicidio de Lucía Peréz, ejercitar una memoria que repase violaciones de derechos humanos por parte del Estado y particulares es tarea indispensable para la no repetición de crímenes -de género incluidos- y su impunidad. Para Nunca más, Ni Una Menos.

 

*Abogada, Magíster en Derechos Humanos y Libertades Civiles

 

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