Viernes 19 de abril 2024

Condenaron a abusadores de menores

Redacción 09/09/2022 - 08.01.hs

(General Pico) - Dos abusadores fueron condenados ayer jueves al mediodía a penas de 8 y 10 años de prisión, por haber sometido sexualmente a dos menores de edad.

 

En una de las causas, el juez de audiencia de General Pico, Federico Pellegrino, condenó a Antonio Catalán (64), como autor material del delito de Abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar ministro de un culto, como delito continuado.

 

Los hechos se debatieron a lo largo de tres jornadas en los Tribunales de esta ciudad, con la intervención de la fiscala Ana Laura Ruffini y del defensor particular Ariel García.

 

El imputado abusó sexualmente de una adolescente de 15 años de edad, en reiteradas oportunidades, entre principios de 2018 y diciembre de 2019.

 

Durante los alegatos de clausura, la fiscala solicitó una pena de ocho años de prisión, y el defensor, pidió la absolución de su defendido.

 

"Comparte las características propias de las investigaciones sobre delitos de contenido sexual, debido a que se producen en la intimidad, en ausencia de testigos, con dificultad para la obtención de pruebas directas que objetivasen su producción, en un ambiente de conocimiento habitual, donde el abusador tiene acceso irrestricto a la víctima. Además, influye el miedo provocado en la víctima, ya sea para contar lo ocurrido o de no resultar creída en caso de hacerlo y, por último, el deterioro en el recuerdo, que el paso del tiempo trae aparejado entre la ocurrencia de los hechos y la puesta en conocimiento", dijo el juez en el fallo.

 

En otro tramo marcó que "la ascendencia religiosa que el imputado tenía sobre la damnificada influyó de manera determinante para que los abusos pudiesen producirse".

 

Abusos.

 

En otro fallo, el juez de audiencia de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a un hombre (41) a diez años de cárcel, por considerarlo autor material de los delitos de Abuso sexual simple agravado por la guarda como delito continuado y Abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda, ambos en concurso real.

 

En la causa intervinieron los fiscales Enzo Paolo Rangone y Juan Marcelo Cupayolo, la letrada Camila Aimar en representación de la querellante particular, y el defensor Juan Carlos De La Vega.

 

El juez acreditó que entre los años 2013 y 2015, cuando el imputado mantenía una relación de pareja con la madre de la damnificada, abusó sexualmente de la niña, que en ese momento tenía 13 años de edad.

 

En el fallo, Pagano no hizo lugar al pedido de prescripción que planteó el defensor y condenó al imputado por el monto que había solicitado la fiscalía.

 

En referencia a la pena a imponer, el juez consideró como único atenuante, la carencia de antecedentes condenatorios del imputado. En cambio, como agravantes tuvo en cuenta "la pluralidad de hechos, la gran diferencia de edad con la víctima y la asimetría de poder que ello implica, el gran daño psicológico producido a la damnificada".

 

Además, le impuso al imputado la prohibición de salir del país, medida que será de aplicación inmediata.

 

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