Buscan sancionar con multas o arresto a quienes no vacunen a sus hijos
El gobierno de Córdoba presentó un proyecto de Ley con lo que busca implementar nuevas sanciones para quienes incumplan el calendario obligatorio de vacunación infantil, es decir, para los padres que no vacunen a sus hijos. La intención de frenar el riesgo de reaparición de enfermedades como sarampión o tos convulsa, y superar la actual cobertura que, en menores de 15 meses, se encuentra entre el 69% y el 79%.
La normativa en la que se trabaja permitiría sancionar a los adultos responsables de los menores de 18 años con multas económicas como así también con hasta cinco días de arresto o su equivalente en actividades de servicio comunitario. La vacunación no es una decisión individual, es un gesto de amor, es un acto colectivo.
Estas penalidades se aplican si los padres, tutores o cuidadores no cumplen con el calendario oficial de vacunación, y pueden duplicarse o triplicarse en caso de reincidencia, o si otros responsables, como instituciones educativas o funcionarios públicos, omiten la denuncia.
El el actual ministro de Salud de la Provincia de Córdoba, Ricardo Pieckenstainer, sostuvo: “Esta actualización del Código apunta a que volvamos a retomar la buena senda del uso de las vacunas, que tengamos una conducta saludable y nos protejamos contra enfermedades que tenemos erradicadas y aquellas que siguen circulando”.
La obligatoriedad de las vacunas en la Argentina está garantizada por la Ley 27.491, que define a la inoculación como un “bien social” y un derecho irrenunciable de la población. Asimismo, la vacunación no solo es obligatoria sino que también es gratuita. Las vacunas y el agua potable
son las dos intervenciones de salud pública más importantes para prevenir enfermedades y salvar vidas.
Todas las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación se aplican en vacunatorios, centros de salud y hospitales públicos distribuidos en todo el territorio provincial y nacional.
En Vía Córdoba se comunicó lo que expresó el Ejecutivo cordobés: “Toda persona que viva en el país debe cumplir con el calendario de vacunación y aquellos responsables legales tienen el deber de garantizar que niños, niñas y adolescentes reciban las dosis obligatorias en tiempo y forma”.
Según se especificó, la incorporación del artículo 75 bis, referido a la omisión de la vacunación obligatoria a menores de 18 años, al Código de Convivencia, estable que conducta sancionada no se dirige a opciones ideológicas, sino al incumplimiento de un deber legal establecido por normas nacionales, reforzando la responsabilidad de los adultos a cargo y la actuación diligente de los efectores de salud.
“La cartera sanitaria insiste en la recomendación de completar los esquemas sugeridos y que sea responsabilidad y obligación de los ciudadanos aplicar las dosis correspondientes a cada etapa de la vida, para evitar enfermarse y contagiar a las familias y otras personas”.
Murieron 7 niños en 2025 por tos convulsa
El coqueluche o tos convulsa es una enfermedad respiratoria aguda que puede afectar a personas de todas las edades, pero en especial a los niños y bebés. Este año ganó terreno a partir de una baja tasa de vacunación, según alertaron las autoridades sanitarias en el Boletín Epidemiológico Nacional (BEN). “El aumento de casos se observa en distintas jurisdicciones y de forma heterogénea. Además, se registraron 7 fallecimientos por la enfermedad, todos en menores de 2 años“, remarcó el Ministerio de Salud de la Nación.
La cartera sanitaria indicó haber recibido notificaciones de tos convulsa provenientes de “20 jurisdicciones del país”, y las de mayor predominancia fueron las regiones Centro y Sur, especialmente en la Provincia de Buenos Aires y en relación con el brote de Tierra del Fuego.
“En lo que va de 2025 se confirmaron 688 casos de un total de 5.110 sospechosos con una incidencia acumulada de 1,45 casos por cada 100.000 habitantes”, subrayó Salud, al tiempo que pidió a la población a cumplir con el esquema del Calendario Nacional de Vacunación (CNV).
En Argentina la vacunación contra la enfermedad se realiza “a los 2, 4, 6, 15-18 meses y a los 5 años con componente B. pertussis”. En tanto, desde 2009 se dio inició a la inoculación “a los 11 años con el objeto de disminuir los reservorios en adolescentes”.
“Teniendo en cuenta que la vacunación es la principal medida de prevención y protección, éstos datos reflejan la necesidad de mejorar las coberturas y reducir desigualdades entre jurisdicciones“, sostuvo el organismo que dirige Mario Lugones, y sigue: “Provincias como Tierra del Fuego, La Pampa, Jujuy, Neuquén, Mendoza y San Juan mantienen altas coberturas, con buen inicio de esquemas y refuerzos sostenidos y menor acumulación de susceptibles; y en contraste, Buenos Aires, CABA, Formosa, Santa Fe, Corrientes y Misiones presentan coberturas de intermedias a bajas, especialmente en los refuerzos de 5 y 11 años, donde se observan los valores más críticos“.
Del mismo modo, para disminuir la mortandad por coqueluche en lactantes pequeños, el organismo llamó a las mujeres y personas gestantes embarazadas a que, a partir de la semana 20 de gestación, se apliquen la vacuna para “lograr el pasaje transplacentario de anticuerpos”, y así “proteger” a los bebés durante los primeros meses de vida.
“En el año 2012 se recomendó la vacunación” en esta categoría. “Las recomendaciones actuales de vacunación contra tos convulsa durante el embarazo es vacunar con dTpa (triple bacteriana acelular) luego de la semana 20 de gestación, en cada embarazo, independientemente de la edad, antecedente de vacunación con dTpa u otras vacunas con componente antitetánico y del tiempo transcurrido desde el embarazo anterior”.
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