Lunes 08 de septiembre 2025

El STJ renovó protocolo por violencia laboral

Redaccion 08/09/2025 - 01.26.hs

El Superior Tribunal de Justicia puso en práctica el “Protocolo de intervención ante situaciones de violencia laboral en el ámbito laboral del Poder Judicial” que prevé, entre otras novedades, la posibilidad de que las propias víctimas o terceras personas formulen denuncias de manera anónima.
La iniciativa se basa en siete principios rectores: cero tolerancia a la violencia laboral, respeto a la privacidad y dignidad de las personas involucradas, deber de confidencialidad y discreción, no re-victimización, orientación y asesoramiento integral, abordaje interdisciplinario y perspectiva de género y de derechos humanos.
El texto contempla que los procedimientos se apliquen frente a “situaciones de violencia, acoso o discriminación” que ocurran en el marco de las relaciones laborales.
El documento, aprobado por el STJ a través del acuerdo 20/2025, deja sin efecto el “Protocolo de intervención ante situaciones de violencia de género en el ámbito laboral del Poder Judicial”, que regía desde hacía cinco años, con la finalidad de ampliar el alcance de las medidas preventivas y sancionatorias más allá de las cuestiones específicas vinculadas a la violencia de género.
Por eso ahora se habla de violencia laboral y se la define como “toda acción, omisión o comportamiento destinado a provocar, directa o indirectamente, daño físico, psicológico, sexual o económico en el trabajo; sea como amenaza o acción consumada, e incluye el acoso psicológico, moral o sexual y la violencia por razón de género, pudiendo provenir tanto de niveles jerárquicos superiores, del mismo rango o inferiores”.

 

Cambios.
El nuevo protocolo introdujo varios cambios con respecto a los procedimientos para denunciar los hechos o pedir asesoramiento. Con el protocolo anterior, la víctima podía denunciar personalmente o por vía telefónica o correo electrónico. Ahora esas vías se mantienen, pero se permite que las denuncias también sean anónimas o de “terceras personas que, de manera directa o indirecta, refieran tener conocimiento o hayan presenciado una situación de violencia laboral”.
También se incorporó la posibilidad de que haya una “intervención temprana” del equipo de abordaje de la Secretaría de Recursos Humanos –incluso actuando de oficio– frente a la detección de  episodios de violencia laboral. Justamente ese equipo de Recursos Humanos reemplazará a la Oficina de la Mujer y Violencia Doméstica en el abordaje de esta problemática, excepto que se trate específicamente de casos de violencia laboral con motivo de género.

 


 

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